Aspectos procesales

Duración del procedimiento

El procedimiento debe durar como máximo 1 año (punto 7 del preámbulo del reglamento de procedimiento).

Comunicación de documentos

Todos los intercambios se realizan de manera electrónica (regla 4 del reglamento de procedimiento).

Conducción del litigio

La gestión del litigio por parte del tribunal debe realizarse de manera proporcionada a la importancia del mismo (artículo 44 del Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes) con el fin de preservar un equilibrio en el interés de las partes (artículo 41(3) del Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes).

Por supuesto, el tribunal debe mostrarse justo y equitativo en la conducción del litigio y la búsqueda de soluciones (artículo 44 del Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes).

Representación

La representación de una parte es posible por (artículo 48 del Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes):

  • un abogado autorizado para ejercer ante un tribunal de un Estado miembro contratante;
  • un representante europeo de patentes con una cualificación adecuada (es decir, en litigios, la lista de cualificaciones se encuentra en la decisión del comité administrativo reglas 11 a 14).
    • cabe señalar que no existe ningún requisito en cuanto a la nacionalidad o el domicilio.
    • así, un representante europeo de nacionalidad turca puede perfectamente representar a una parte ante el TUP (que no es un tribunal turco…)
    • ¿curioso, no?

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