Plazo de apertura de la fase nacional
Ante una oficina designada
Principio
En general, ninguna oficina designada puede tramitar ni examinar la solicitud internacional antes de la expiración de un plazo de 30 meses desde la fecha de prioridad (A23.1 PCT junto con A22.1 PCT).
Por lo tanto, ninguna traducción ni tasa anual es exigible antes de la expiración de este plazo (A23.1 PCT junto con A22.1 PCT).
Estados designados con reserva
Para algunos Estados, el plazo aplicable es el antiguo plazo de 20 meses, ya que han efectuado una reserva al A22.1 PCT:
- Luxemburgo,
- República Unida de Tanzania.
Estos dos Estados forman parte, no obstante, cada uno de un sistema de patente regional accesible mediante el PCT, cuyo plazo aplicable es el nuevo plazo de 30 meses (CBE para Luxemburgo, ARIPO para Tanzania).
A título informativo, Uganda retiró su reserva a partir del 1 de abril de 2015.
Plazo más largo
Un plazo más largo puede estar previsto por la legislación nacional (A22.3 PCT).
Recordatorio / no recordatorio
La mayoría de las oficinas designadas no envían recordatorio alguno sobre la entrada en fase.
Por consiguiente, corresponde al solicitante vigilar los plazos aplicables (guía del solicitante, capítulo nacional §3.003).
Ante una oficina elegida
Principio
Si el solicitante presenta una solicitud de examen preliminar antes de la expiración del plazo del 19.º mes desde la fecha de prioridad, el plazo de entrada en fase nacional es de 30 meses (incluso para los Estados que han efectuado una reserva, véase supra) (A39.1.a PCT).
El examen nacional no puede comenzar antes de la expiración de este plazo (A40.1 PCT).
Plazo más largo
Por supuesto, un plazo más largo puede estar previsto por la legislación nacional (A39.1.b PCT y R77 PCT).
Apertura anticipada de la fase nacional
El procedimiento nacional puede iniciarse de manera anticipada si el solicitante lo solicita expresamente a la oficina interesada (A23.2 PCT y R47.4 PCT para las oficinas designadas y A40.2 PCT y R61.2.d PCT para las oficinas elegidas).
Si la solicitud expresa de entrada en fase anticipada se presenta antes de la publicación de la solicitud internacional, además, es necesario que el solicitante o la oficina designada solicite a la IB la comunicación de los documentos de la solicitud según el A20 PCT (A23.2 PCT o A40.2 PCT junto con R47.4 PCT).
No obstante, sigue siendo necesario que el solicitante realice los actos prescritos indicados a continuación (guía del solicitante, capítulo nacional §3.004).
Actos a realizar para la entrada en fase
Requisitos
Tasas nacionales
El pago de las tasas nacionales está prescrito por el A22.1 PCT y A39.1.a PCT : esta tasa se indica (así como los casos de reducción, exenciones, etc., guía del solicitante, capítulo nacional §4.007) en la guía del solicitante, ya que las oficinas designadas, respectivamente elegidas, deben notificar el importe de la tasa a la OMPI (R49.1.a.ii PCT respectivamente R76.5 PCT junto con R49.1.a.ii PCT).
Las tasas nacionales deben abonarse en la moneda y los plazos prescritos por las oficinas nacionales (guía del solicitante, capítulo nacional §4.005).
Las tasas anuales y las tasas de renovación, que hayan vencido al entrar en la fase nacional, deben abonarse antes de la expiración del plazo de entrada en fase (guía del solicitante, capítulo nacional §4.005).
Traducción de la solicitud
Requisito
Debe presentarse una traducción de la solicitud de patente internacional si el idioma de la solicitud o de la publicación no es admitido por la oficina designada (A22.1 PCT junto con R49.2 PCT) o por la oficina elegida (A39.1.a PCT junto con R76.5 PCT junto con R49.2 PCT).
Idioma
El o los idiomas prescritos se indican en la guía del solicitante, ya que la oficina correspondiente debe notificarlo(s) a la OMPI (A22.1 PCT junto con R49.1.a.i PCT para la oficina designada o A39.1.a PCT junto con R76.5 PCT junto con R49.1.a.i PCT para la oficina elegida).
Si se indican varios idiomas, el solicitante puede elegir (R49.2 PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.2 PCT para la oficina elegida).
El idioma de la traducción puede ser el del procedimiento (guía del solicitante, capítulo nacional §4.009).
Contenido de la traducción (para todas las oficinas)
Solicitud
La traducción requerida se refiere a (R49.5.a PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.a PCT para la oficina elegida) :
- la descripción (incluyendo el título) presentada o modificada, en su caso ;
- las reivindicaciones presentadas o modificadas (en virtud del A19 PCT o del A34 PCT), en su caso (para las modificaciones durante el examen A36.2.b PCT, A39.1 PCT junto con R74.1 PCT y R76.5 PCT) ;
- el texto de los dibujos presentados o modificados, en su caso
- la traducción de los dibujos puede consistir en (R49.5.d PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.d PCT para la oficina elegida) :
- la presentación de nuevas láminas redibujadas ;
- la presentación de copias de los dibujos sobre las que se ha pegado la traducción.
- el término « Fig. » no debe traducirse (R49.5.f PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.f PCT para la oficina elegida).
- la traducción de los dibujos puede consistir en (R49.5.d PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.d PCT para la oficina elegida) :
Si la traducción no se presenta dentro del plazo de apertura de la fase nacional, la solicitud internacional puede perder los efectos de una solicitud nacional regular (A24.1.iii PCT junto con A22.1 PCT junto con R49.5.d PCT para las oficinas designadas y A39.2 PCT junto con A39.1.a PCT junto con R76.5 PCT junto con R49.5.d PCT para las oficinas elegidas).
Referencia a material biológico
Si una referencia a material biológico no figura en la descripción, deberá presentarse una traducción :
- al mismo tiempo que la traducción de la solicitud (R49.3 PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.3 PCT para la oficina elegida)
- o, en caso de omisión, a requerimiento de la oficina que la considere necesaria (R49.5.h PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.h PCT para la oficina elegida).
Contenido de la traducción (depende de las oficinas)
Resumen
El resumen también debe traducirse (R49.5.a PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.a PCT para la oficina elegida), pero algunas oficinas no exigen esta traducción (guía del solicitante, capítulo nacional §4.011).
Solicitud
Es posible exigir la traducción de la solicitud, pero la mayoría de las oficinas no lo exigen (R49.5.a.i PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.a.i PCT para la oficina elegida): si se exige una traducción, la oficina pone a disposición gratuitamente un formulario en blanco de la solicitud en el idioma requerido (R49.5.b PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.b PCT para la oficina elegida).
Reivindicaciones presentadas
Normalmente, solo deben traducirse las reivindicaciones modificadas.
No obstante, una oficina puede exigir tanto (R49.5.a.ii PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.a.ii PCT para la oficina elegida):
- la traducción del juego de reivindicaciones presentado y
- la traducción del juego de reivindicaciones modificado en virtud del A19 PCT.
En caso contrario, la oficina prescinde de las reivindicaciones cuya traducción no se haya presentado, o invita al solicitante a presentar la traducción faltante en un plazo razonable, y si el solicitante no responde a esta invitación, la oficina prescinde de las reivindicaciones cuya traducción no se haya presentado, o considera la solicitud como retirada (R49.5.c-bis PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.c-bis PCT para la oficina elegida).
Declaración que justifica las modificaciones A19 PCT
Una oficina puede exigir la presentación de una traducción de la declaración que justifica las modificaciones realizadas en virtud del A19 PCT (R49.3 PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.3 PCT para la oficina elegida).
La única consecuencia de no presentar esta traducción es que la oficina no tenga en cuenta dicha declaración (R49.5.c PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.c PCT para la oficina elegida).
Copia de los dibujos originales
Una oficina puede exigir la presentación de una copia de los dibujos originales (pero no los originales) al mismo tiempo que la traducción de la solicitud (R49.5.a.iii PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.a.iii PCT para la oficina elegida).
En realidad, son pocas las oficinas que lo solicitan.
En caso de olvido, se invita al solicitante a proporcionar esta copia en un plazo razonable (R49.5.e PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.e PCT para la oficina elegida).
Condiciones materiales de la traducción / copia de los dibujos
Las condiciones materiales de las traducciones y de las copias de los dibujos son fijadas por la oficina designada (guía del solicitante, capítulo nacional §4.023), pero estas deben ser compatibles con las del PCT y, por tanto, no pueden ser más restrictivas (R49.5.j PCT para la oficina designada R76.5 PCT junto con R49.5.j PCT para la oficina elegida).p>
Número de ejemplares de las traducciones
En la mayoría de los casos, solo se requiere una copia de las traducciones, pero algunas oficinas exigen más (A27.1 PCT junto con R51bis.1.c PCT para las oficinas designadas y A27.1 PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.c PCT para las oficinas elegidas).
Si faltan ejemplares, las oficinas dan la oportunidad al solicitante de corregir esta irregularidad tras la apertura de la fase nacional (guía del solicitante, capítulo nacional §4.024).
Certificación de la traducción
En principio, no es indispensable aportar una certificación (por una autoridad pública o un traductor jurado) de la traducción (guía del solicitante, capítulo nacional §4.025).
No obstante, si la oficina duda posteriormente de la exactitud de la traducción, la oficina puede solicitar una certificación (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.d.ii PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.d.ii PCT para las oficinas elegidas).
Verificación de la traducción
Algunas oficinas (pocas) pueden exigir que la traducción sea verificada (es decir, declaración firmada que indique que, según el conocimiento de esa persona, la traducción es fiel y conforme (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.d.i PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.d.i PCT para las oficinas elegidas).
Presentación de la copia de la solicitud internacional
Si una oficina lo exige, puede requerirse una copia de la solicitud internacional (A22.1 PCT para las oficinas designadas, o A39.1.a PCT para las oficinas elegidas) si la OMPI no ha transmitido dicha copia en virtud del A20 PCT.
Sin embargo, este requisito no es obligatorio para las oficinas nacionales (R49.1.a-bis PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49.1.a-bis PCT para las oficinas elegidas).
Si el solicitante pide la entrada en fase anticipada y el procesamiento anticipado de la solicitud (en virtud del A23.2 PCT o del A40.2 PCT), y si la comunicación de la copia por la OMPI aún no ha tenido lugar, el solicitante debe (guía del solicitante, capítulo nacional §4.028):
- entregar dicha copia él mismo, así como cualquier modificación presentada en virtud del A19 PCT, al mismo tiempo que la solicitud de procesamiento anticipado;
- solicitar a la OMPI que transmita la copia en virtud del A13.2.b PCT.
Designación del inventor
Una oficina puede exigir que se proporcione el nombre o la dirección de los inventores en el momento de la apertura de las fases nacionales (si faltan durante la fase internacional A22.1 PCT).
Algunos Estados prevén además una notificación en caso de omisión, pero esto no es obligatorio y dicha omisión puede tener como efecto que la solicitud se considere retirada (A24.1.iii PCT).
Indicación de la protección solicitada
Al entrar en fase, el solicitante debe indicar el o los títulos de protección buscados en el caso de que desee que su solicitud sea tramitada:
- como una solicitud distinta de patente;
- (R49bis.1.a PCT junto con A43 PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49bis.1.a PCT junto con A43 PCT para las oficinas elegidas);
- como una solicitud dirigida a la concesión de varios títulos de protección;
- (R49bis.1.b PCT junto con A43 PCT junto con A44 PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49bis.1.b PCT junto con A43 PCT junto con A44 PCT para las oficinas elegidas);
- como una solicitud dirigida a la concesión de una protección adicional;
- (R49bis.1.c PCT junto con A43 PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49bis.1.c PCT junto con A43 PCT para las oficinas elegidas);
- como una solicitud dirigida a la concesión de una continuación o una continuación en parte de una solicitud anterior;
- (R49bis.1.d PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49bis.1.d PCT para las oficinas elegidas).
Si no se indica nada al entrar en fase, la solicitud se tramita como una solicitud dirigida a la concesión de una patente (R49bis.1.e PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49bis.1.e PCT para las oficinas elegidas), a menos que la tasa pagada corresponda a otro título de protección, en cuyo caso la solicitud se considera como una solicitud dirigida a obtener dicho título.
Requisitos nacionales particulares
Principio
Pueden requerirse otros requisitos nacionales, pero estos deben poder cumplirse fuera del plazo de entrada en fase (R51bis.3.b PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R51bis.3.b PCT para las oficinas elegidas).
La oficina puede (R51bis.3.a PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R51bis.3.a PCT para las oficinas elegidas) enviar una invitación para requerir al solicitante que cumpla con los requisitos particulares de la fase nacional en un plazo mínimo de 2 meses.
Declaración relativa al inventor, a las cesiones y al derecho a presentar la solicitud
Algunas oficinas pueden exigir al solicitante
- todo documento relativo a la identidad del inventor;
- (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.a.i PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.a.i PCT para las oficinas elegidas);
- todo documento relativo al derecho del solicitante a presentar una patente;
- (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.a.ii PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.a.ii PCT para las oficinas elegidas);
- todo documento que acredite el derecho a la prioridad (si el solicitante o su nombre es diferente)
- (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.a.iii PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.a.iii PCT para las oficinas elegidas);
- toda declaración jurada o declaración relativa a la condición de inventor;
- (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.a.iv PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.a.iv PCT para las oficinas elegidas);
- toda justificación relativa a las divulgaciones no oponibles (abuso, ferias, etc.);
- (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.a.v PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.a.v PCT para las oficinas elegidas).
Oficinas destinatarias
Esta declaración debe enviarse a la oficina nacional que tenga estos requisitos particulares: la IB no transmite estos documentos a las oficinas correspondientes si los recibe (guía del solicitante, capítulo nacional §5.003).
Anticipación en fase internacional
Una declaración conforme a la R4.17 PCT puede realizarse en la petición de solicitud con el fin de anticipar los requisitos nacionales.
En este caso (salvo reservas), la oficina no podrá exigirlos salvo si puede razonablemente dudar de la veracidad de la declaración (R51bis.2 PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R51bis.2 PCT para las oficinas elegidas).
No obstante, en el caso de las justificaciones relativas a las divulgaciones no oponibles, las oficinas pueden exigir cualquier prueba adicional, ya que la R51bis.1.a.v PCT no aparece en las exclusiones de la R51bis.2 PCT.
Indicaciones faltantes relativas a ciertos solicitantes
En una solicitud con varios solicitantes, el PCT no exige que se proporcionen indicaciones completas para todos.
Una oficina nacional puede exigir al entrar en fase que se aporte la firma de todos los solicitantes (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.a.vi PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.a.vi PCT para las oficinas elegidas).
Además, dicha oficina puede exigir que se aporten las informaciones faltantes relativas a los solicitantes (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.a.vii PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.a.vii PCT para las oficinas elegidas).
Representación
La mayoría de las oficinas designadas exigen que los solicitantes domiciliados en el extranjero estén representados por un representante local (A27.7 PCT junto con R51bis.1.b.i PCT para las oficinas designadas y A27.7 PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.b.i PCT para las oficinas elegidas).
Otras exigen que los solicitantes domiciliados en el extranjero tengan una dirección para notificaciones en el Estado correspondiente (A27.7 PCT junto con R51bis.1.b.i PCT para las oficinas designadas y A27.7 PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.b.i PCT para las oficinas elegidas).
Para la entrada en fase como tal, no es necesario contar con un representante (R51bis.3.b PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R51bis.3.b PCT para las oficinas elegidas) y la designación debe poder realizarse con posterioridad al plazo de entrada en fase.
Con posterioridad a la entrada en fase, el representante puede tener que ser designado en un poder firmado por el o los solicitantes (A27.7 PCT junto con R51bis.1.b.ii PCT para las oficinas designadas y A27.7 PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.b.ii PCT para las oficinas elegidas).
Presentación del documento de prioridad
Normalmente, el documento de prioridad debe presentarse durante la fase internacional ante la RO o la IB. En este supuesto:
- la IB se encarga de transmitirlo a las oficinas designadas que lo soliciten;
- ninguna oficina puede exigir la entrega de una copia certificada por el solicitante al entrar en fase (R17.2.a PCT). No obstante, puede exigirse una simple fotocopia (guía del solicitante, capítulo nacional §5.009) junto con una traducción.
Puede exigirse una traducción del documento de prioridad si:
- la validez de la reivindicación de prioridad es relevante para la patentabilidad (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.e.i PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.e.i PCT para las oficinas elegidas);
- la fecha de solicitud ha sido atribuida por la RO tras una incorporación de un elemento o una parte por remisión (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.e.ii PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.e.ii PCT para las oficinas elegidas).
Algunos Estados pudieron haber tenido reservas (A27.2.ii PCT junto con R51bis.1.f PCT para las oficinas designadas y A27.2.ii PCT junto con R76.5 PCT junto con R51bis.1.f PCT para las oficinas elegidas), pero hoy en día ya no existen.
Exclusiones
Uso de formulario nacional
Ningún solicitante está obligado a utilizar un formulario nacional para realizar los actos de entrada en fase (R49.4 PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49.4 PCT para las oficinas elegidas).
Incumplimiento de ciertos actos
Sanción
Si ciertos actos no se han realizado dentro del plazo de apertura de la fase nacional, la solicitud puede dejar de producir los efectos de un depósito nacional para la oficina considerada (A24.1.iii PCT y A24.2 PCT para las oficinas designadas y A39.2 PCT y A39.3 PCT para las oficinas elegidas).
Correcciones posibles
Toda oficina debe primero dar al solicitante la oportunidad de corregir su solicitud si la legislación nacional lo prevé en situaciones análogas o comparables para solicitudes nacionales (A26 PCT).
Restablecimiento de derechos al entrar en fase
Véase « Disposiciones aplicables después de la entrada en fase > Excusas de los retrasos > Caso particular de los actos que deben realizarse para la entrada en fase ».
Disposiciones aplicables después de la entrada en fase
Condiciones de derecho material de patentabilidad
El PCT deja a los Estados contratantes en libertad de elegir cualquier condición material de patentabilidad que deseen (A27.5 PCT), por ejemplo para el estado de la técnica.
Basta con recordar que la unidad de invención no es una condición material de patentabilidad y los Estados contratantes deben seguir las reglas establecidas en el PCT de la R13.2 PCT y no sus propias reglas.
Corrección de la traducción proporcionada
Cuando la traducción de la solicitud contiene un error, este error debe poder corregirse (guía del solicitante, capítulo nacional §6.002) durante la fase nacional.
El alcance de la traducción no debe, por supuesto, exceder el del texto original (A46 PCT).
Modificaciones de la solicitud durante la fase nacional
Principio
Es posible modificar, al menos una vez, las reivindicaciones, la descripción y los dibujos durante la fase nacional (A28.1 PCT junto con R52.1 PCT para las oficinas designadas o A41.1 PCT junto con R78.1 PCT):
- durante un plazo mínimo de 1 mes a partir de la entrada en fase;
- durante al menos 4 meses, si la OMPI no ha comunicado a la oficina la solicitud y los demás documentos (según R47.1 PCT y, en su caso, A36.1 PCT).
Las modificaciones no deben normalmente ir más allá del contenido de la solicitud tal como fue presentada (salvo disposiciones diferentes en el derecho nacional, A28.2 PCT para las oficinas designadas o A41.2 PCT).
Corrección de error evidente
La corrección de error evidente depende de la legislación nacional (guía del solicitante, capítulo nacional §6.017).
Cuando la autorización de rectificación ha sido denegada en fase internacional, y esta denegación ha sido publicada a petición del solicitante en virtud de R91.3.d PCT, debe igualmente presentar una solicitud de rectificación (guía del solicitante, capítulo nacional §6.016).
Revisión de decisiones
Decisiones susceptibles de revisión
Normalmente, en fase internacional, no existe ningún medio de impugnación de las decisiones de las administraciones (salvo en lo que respecta a la unidad de invención).
No obstante, es posible solicitar a cada oficina designada que revise (A25 PCT) una decisión de una administración internacional entre (A25.1.a PCT):
- negativa a conceder una fecha de solicitud por la RO o retirada de la fecha de solicitud inicialmente concedida;
- constatación de que la solicitud se considera retirada por la RO por falta de pago de una tasa o por no corrección de una irregularidad;
- constatación de que la solicitud se considera retirada por la OMPI por falta de transmisión del ejemplar original de la solicitud en el plazo prescrito.
Procedimiento
Para solicitar la revisión de una decisión, es necesario:
- solicitar a la OMPI (invocando el A25 PCT) que envíe a cada oficina designada (indicada por el solicitante) copia de todo documento pertinente contenido en el expediente (A25.1.a PCT, si la oficina está bien designada para la OMPI o A25.1.b PCT, si la designación de la oficina se considera retirada por la OMPI)
- además, si la revisión se refiere a la negativa de atribuir una fecha de solicitud, el solicitante debe proporcionar una copia de la notificación de denegación (R51.2 PCT y R20.4.i PCT)
- solicitar a cada una de las oficinas designadas que revise la decisión (A25.2.a PCT) (guía del solicitante, capítulo nacional §6.019):
- aportando cualquier elemento que pueda respaldar su solicitud (prueba, etc.);
- pagando la tasa nacional exigible para la apertura de la fase nacional;
- proporcionando la traducción de la solicitud internacional.
Plazo
La solicitud debe dirigirse a la IB o a cualquier oficina en los 2 meses siguientes a la fecha de la notificación que informa al solicitante de una decisión desfavorable (A25.1.c PCT junto con R51.3 PCT junto con R51.1 PCT).
Por lo tanto, en la mayoría de los casos, es necesario solicitar un tratamiento anticipado de la solicitud.
Resultado
Si la revisión es positiva, la oficina designada tramita la solicitud como si dicho error nunca hubiera ocurrido (A25.2.a PCT).
Si la revisión es negativa, la oficina puede, no obstante, tramitar la solicitud internacional como si tuviera el efecto de una solicitud nacional regular (A24.2 PCT), especialmente si un retraso puede ser excusado.
Excusas de los retrasos
Principio
Un retraso en el cumplimiento de un plazo, tras el cual la solicitud se considera retirada, puede ser excusado en ciertos casos (A24.2 PCT junto con A48.2 PCT).
Parece que incluso es necesario, para obtener una excusa del retraso, solicitar al mismo tiempo una revisión de la decisión (guía del solicitante, capítulo nacional §6.021).
Ninguna disposición del PCT permite excusar el plazo durante la fase internacional (salvo fuerza mayor R82quater PCT).
Motivos de excusa
Cada oficina puede elegir libremente los motivos que permiten excusar un retraso (A48.2.b PCT), pero debe al menos excusar los retrasos por los motivos previstos en la legislación nacional para las solicitudes nacionales (A48.2.a PCT).
Por ejemplo, los motivos previstos por la legislación nacional pueden ser (R82bis.2 PCT):
- la restitución de derechos,
- la restauración,
- la restitutio in integrum,
- la continuación de la tramitación,
- etc.
Plazos excusables
Todo plazo es excusable:
- si está fijado en el PCT (R82bis.1.i PCT);
- si está fijado por una administración internacional (RO, ISA, IPEA, IB, R82bis.1.ii PCT) (¿excepto el SISA?);
- si está fijado por la oficina designada o elegida (o fijado en la legislación nacional para dicha oficina) para cualquier acto que deba ser realizado por el solicitante ante dicha oficina (R82bis.1.iii PCT).
Caso particular de los actos que deben realizarse para la entrada en fase
Principio
Para los actos que deben realizarse al entrar en fase, las oficinas deben permitir al solicitante restablecer sus derechos si no cumple los plazos (R49.6 PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49.6 PCT para las oficinas elegidas), salvo reservas previstas por la R49.6.f PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49.6.f PCT para las oficinas elegidas.
Estados que han formulado reservas
Los siguientes Estados han formulado reservas previstas por la R49.6.f PCT :
- CA Oficina de la Propiedad Intelectual de Canadá (pero si la omisión se repara pagando una tasa de restablecimiento, puede ser válido)
- CN Oficina Estatal de la Propiedad Intelectual de la República Popular China
- DE Oficina Alemana de Patentes y Marcas
- IN Oficina de Patentes (India)
- KR Oficina Coreana de la Propiedad Intelectual
- LV Oficina Letona de Patentes
- MX Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
- NZ Oficina de la Propiedad Intelectual de Nueva Zelanda
- PH Oficina de la Propiedad Intelectual (Filipinas)
- PL Oficina de Patentes de la República de Polonia
Motivo de excusa
Para ser excusado, el retraso debe (a elección de la oficina designada, R49.6.a PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49.6.a PCT para las oficinas elegidas) :
- no ser intencional ;
- haber ocurrido a pesar de que se haya ejercido la diligencia requerida en el caso concreto.
La solicitud de restablecimiento de derechos debe incluir un justificante (R49.6.c PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49.6.c PCT para las oficinas elegidas) o, en su caso, pruebas (R49.6.d.ii PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49.6.d.ii PCT para las oficinas elegidas, si así se requiere).
Tasa
Puede requerirse una tasa eventual de restablecimiento de derechos (R49.6.d.i PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49.6.d.i PCT para las oficinas elegidas).
Plazo
El plazo para presentar una solicitud de restablecimiento de derechos es (el menor de los dos plazos, R49.6.b PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49.6.b PCT para las oficinas elegidas) :
- 2 meses desde la finalización del impedimento ;
- 12 meses desde la expiración del plazo de entrada en fase nacional.
Por supuesto, la legislación nacional puede prever un plazo más largo o incluso la ausencia de plazo de caducidad (R49.6.b PCT para las oficinas designadas y R76.5 PCT junto con R49.6.b PCT para las oficinas elegidas).
Resumen gráfico sobre la revisión de decisiones y la excusa de retrasos
Rectificación de errores de la RO o de la IB
Principio
Si la RO o la IB ha cometido un error, la oficina debe rectificar dicho error (si lo hubiera corregido en virtud de su legislación nacional, y en la hipótesis de que lo hubiera cometido ella misma R82ter.1.a PCT).
Errores subsanables
Los errores subsanables son aquellos relativos a (R82ter.1.a PCT):
- la fijación de la fecha de solicitud;
- la prioridad si esta ha sido erróneamente descartada por la RO o la IB.
Procedimiento de rectificación
El solicitante debe solicitar la corrección del error ante la oficina designada. Esta solicitud debe presentarse al inicio de la fase nacional (guía del solicitante, capítulo nacional §6.029).
Caso particular de la incorporación por referencia
Cuando la fecha de solicitud ha sido atribuida por la RO tras una incorporación por referencia de un elemento (en virtud de R20.3.b.ii PCT) o de una parte (en virtud de R20.5.d PCT), una oficina puede tramitar la solicitud como si la fecha de solicitud hubiera sido atribuida sin tener en cuenta la incorporación por referencia si no está de acuerdo con la RO (es decir, desplazamiento de la fecha de solicitud a la fecha de presentación de los documentos de referencia R82ter.1.b PCT).
Por ejemplo, esto puede estar relacionado con:
- la no presentación del documento de prioridad ante la RO o la IB (R82ter.1.b.i PCT);
- una condición de forma relativa a la incorporación no ha sido respetada (R82ter.1.b.ii PCT);
- la parte faltante o el elemento faltante no figura íntegramente en el documento de prioridad (R82ter.1.b.iii PCT).
En cualquier caso, la oficina debe conceder al solicitante un plazo razonable para presentar:
- observaciones (R82ter.1.c PCT) o
- una petición para no tener en cuenta las partes incorporadas en el procedimiento nacional (R82ter.1.c PCT junto con R82ter.1.d PCT).

