
Competencia en materia de infracción
El CBE no regula las cuestiones de infracción: es necesario consultar las legislaciones nacionales para responder a esta cuestión (A64(3) CBE).
En cualquier caso, una patente europea o una patente nacional conferirá los mismos derechos a partir de su publicación (A64(1) CBE).
No obstante, el CBE ofrece algunas directrices sobre el alcance de la protección otorgada por una patente europea o una solicitud de patente europea.
Alcance de la protección
Principio
El alcance de la protección conferida por la patente europea o por la solicitud de patente europea se determina por las reivindicaciones (A69(1) CBE).
Así, es necesario examinar las reivindicaciones para determinar si existe un infractor.
Interpretación de este alcance
Puede ocurrir que algunos términos sean oscuros: en este caso, es posible utilizar la descripción para aclarar el sentido (y, por tanto, el alcance) de las reivindicaciones (A69(1) CBE).
Sin embargo, no hay que confundir: la interpretación con ayuda de la descripción o de los dibujos no sirve para aclarar una reivindicación durante el examen (en el sentido del A84 CBE). Esta interpretación sirve únicamente para identificar de la mejor manera posible la protección.
Extensión de la protección a los productos fabricados
En teoría, si sus reivindicaciones se refieren a un procedimiento, solo podrá prohibir a terceros la aplicación del procedimiento (y los actos asociados), pero nada más.
No obstante, en el marco de un procedimiento de fabricación, se acepta que la protección se extienda también a los productos directamente fabricados mediante dicho procedimiento (aunque dicho producto no sea nuevo…) (A64(2) CBE).
