Obtener una fecha de solicitud

Uno de los aspectos más importantes para un solicitante es la fecha de solicitud de su patente.

En efecto, esta determina el estado de la técnica que se le podrá oponer (como veremos más adelante).

Para verificar que la solicitud cumple con las condiciones mínimas establecidas por el CPE, la sección de solicitud examina los documentos de la solicitud (A16 CPE).

Condiciones para la atribución de una fecha de solicitud

Generalidades

El A80 CPE remite simplemente al reglamento para conocer los requisitos para obtener una fecha de solicitud.

La OEP verifica estas condiciones (A90(1) CPE) y es la sección de solicitud la responsable de esta verificación (Directrices A-II 4.1).

Las tres condiciones mínimas

Desde el 13 de diciembre de 2007 (entrada en vigor del CPE 2000), las condiciones se han flexibilizado considerablemente.

Solo se han conservado tres (R40(1) CPE):

  • una indicación de que se solicita una patente europea (R40(1) a) CPE);
  • las indicaciones que permitan identificar al solicitante o ponerse en contacto con él (R40(1) b) CPE);
  • una descripción o una remisión a una solicitud presentada anteriormente (R40(1) c) CPE).

Indicación de que se solicita una patente

Esta condición está prevista en la R40(1) a) CPE.

No se requiere ninguna condición de forma. Así, puede presentarse en papel libre (Directrices A-II 4.1), redactada a mano (siempre que la indicación sea legible).

Por supuesto, también puede utilizar el formulario 1001 de solicitud de concesión previsto para este fin y proporcionado por la OEP (Directrices A-II 4.1.1). Este formulario ya contiene la frase mágica.

Si falta esta indicación, se enviará una notificación al solicitante para que corrija esta irregularidad en un plazo de 2 meses (R55 CPE). Tenga en cuenta que la fecha de solicitud será la fecha en la que se cumpla esta condición (si las otras dos también se cumplen, R55 CPE segunda frase).

Si no se corrige esta irregularidad, la solicitud no se tramitará como una solicitud de patente europea (R55 CPE) y las tasas eventualmente pagadas serán reembolsadas (Directrices A-II 4.1.4).

Identificación del solicitante

Esta condición está prevista en el R40(1) b) CPE.

Cabe señalar que esta identificación es bastante flexible (Directrices A-II 4.1.2, a diferencia de lo que se puede encontrar como requisitos en la regla R41(2) c) CPE).

Las Directrices relativas al Examen (Directrices A-II 4.1.2) indican que esta identificación debe:

  • permitir identificar al solicitante, o
  • permitir ponerse en contacto con él.

Así, la jurisprudencia de la OEP considera que cumplen este requisito las siguientes informaciones (Directrices A-II 4.1.2):

  • el nombre y la dirección del representante del solicitante;
  • un número de fax;
  • una firma con un nombre legible (J25/86);
  • un número de apartado de correos.

Si no se cumple esta condición, no es posible notificar al solicitante.

No obstante, si el solicitante está insuficientemente identificado, dispone de 2 meses desde la solicitud de las primeras piezas para corregir su error (Directrices A-II 4.1.4).

La fecha de solicitud es la fecha en la que se cumpla esta condición (si las otras dos también se cumplen, R55 CPE segunda frase).

Si esta irregularidad no se corrige, la solicitud no será tramitada como una solicitud de patente europea (R55 CPE) y las tasas eventualmente pagadas serán reembolsadas (Directrices A-II 4.1.4).

Descripción y dibujos

Esta condición está prevista en el R40(1) c) CPE.

No hay exigencia en cuanto a:

  • el idioma de la descripción (A14(2) CPE);
  • la presencia de reivindicación(es) (Directrices A-II 4.1, si las reivindicaciones no se presentan en la fecha de solicitud, se indica en la publicación R68(4) CPE).

En resumen, basta con un texto (y eventualmente dibujos)…

En la decisión T382/94, la cámara de recursos indicó que si las anotaciones de los dibujos estaban en un idioma diferente al de la descripción, esto no afectaba a la fecha de solicitud (las reivindicaciones y la descripción se habían presentado en alemán, pero los dibujos incluían texto en inglés).

¿Qué ocurre si una parte de la descripción o si una reivindicación está en un idioma diferente al del resto de la descripción?

Antes de la entrada en vigor del CPE 2000, la OEP denegaba la atribución de una fecha de solicitud en estas situaciones (J18/96) con el argumento de que la letra del A14 CPE73 era:

Las solicitudes de patente europea se presentarán en una de estas lenguas

Hoy en día, la formulación es diferente, pero se pueden encontrar similitudes:

Toda solicitud de patente europea deberá presentarse en una de las lenguas oficiales o, si se presenta en otra lengua, traducida a una de las lenguas oficiales, conforme al reglamento de ejecución.

Por tanto, considero que la posición de la OEP sería la misma: el principio de unidad de idioma de las solicitudes de patente europea sería la regla.

No obstante, nada es seguro: por ejemplo, algunos suponen que si las reivindicaciones están en un idioma diferente, esto no plantea problemas (las reivindicaciones no son un requisito para obtener una fecha de solicitud).

Si esta indicación falta, se enviará una notificación al solicitante para que corrija esta irregularidad en un plazo de 2 meses (R55 CBE). Tenga en cuenta que la fecha de solicitud será efectivamente la fecha en la que se cumpla esta condición sin perjuicio de lo dispuesto a continuación en el capítulo « Errores relativos a la descripción o los dibujos » (si se cumplen las otras dos, R55 CBE segunda frase).

Si esta irregularidad no se corrige, la solicitud no será tramitada como una solicitud de patente europea (R55 CBE) y las tasas eventualmente pagadas serán reembolsadas (Directrices A-II 4.1.4).

Remisión a una solicitud anterior

Principio

Es posible sustituir el requisito de presentación de una descripción por una remisión a una solicitud anterior (R40(1) c) CBE, no siendo necesario reivindicar la prioridad de dicha solicitud, Directrices A-II 4.1.3.1).

Esta solicitud anterior puede ser un modelo de utilidad (Directrices A-II 4.1.3.1).

Requisitos en el momento de la solicitud

Para esta remisión, es necesario proporcionar (R40(2) CBE y Directrices A-II 4.1):

  • la fecha de solicitud de la solicitud anterior,
  • su número de solicitud,
  • la oficina ante la que se presentó,
  • la mención de que esta remisión sustituye a la descripción y, en su caso, a los dibujos.

Esta remisión puede presentarse en cualquier formato, siempre que sea legible (Directrices A-II 4.1.3.1).

No es posible hacer una remisión a varias solicitudes.

Si la remisión no es conforme, se enviará una notificación al solicitante para que corrija esta irregularidad en un plazo de 2 meses (R55 CBE).

La fecha de solicitud será la fecha en la que se cumpla este requisito (si se cumplen los otros dos, R55 CBE segunda frase).

Presentación de una copia certificada

Para beneficiarse de la fecha de solicitud, también es necesario presentar una copia certificada conforme de la solicitud presentada anteriormente en un plazo de 2 meses (R40(3) CBE).

Este plazo no se beneficia de la continuación del procedimiento del A121 CBE, sino de la restitutio in integrum del A122 CBE.

Si este requisito no se cumple en los plazos establecidos, se invitará al solicitante a presentar la copia en un plazo de 2 meses (R55 CBE).

Si el solicitante presenta la copia certificada conforme dentro de este plazo de 2 meses, la solicitud conservará su fecha de solicitud inicial, siempre que cumpla con todos los demás requisitos para que se le conceda una fecha de solicitud (Directrices A-II 4.1.5).

En caso contrario, la solicitud no será tramitada como solicitud de patente europea (R55 CBE y Directrices A-II 4.1.4).

Este último plazo no se beneficia de la continuación del procedimiento del A121 CBE, sino de la restitutio in integrum del A122 CBE.

Casos en los que no es obligatorio aportar la copia

El R53(2) CBE es aplicable en el caso en que la solicitud anterior está a disposición de la oficina. Esta regla estipula que « La copia de la solicitud anterior se considerará debidamente presentada si una copia de dicha solicitud, que está a disposición de la Oficina Europea de Patentes, debe incorporarse al expediente de la solicitud de patente europea en las condiciones determinadas por el Presidente de la Oficina Europea de Patentes ».

Las condiciones en cuestión son las siguientes. El solicitante no necesita aportar dicha copia únicamente en los dos casos siguientes (« Comunicado de la Oficina Europea de Patentes de fecha 14 de septiembre de 2009, relativo a la presentación de una copia certificada conforme de la solicitud presentada anteriormente cuando se efectúa un reenvío« , JO 2009, 486):

  • si la solicitud presentada anteriormente es una solicitud EP, o
  • si la solicitud presentada anteriormente es una solicitud PCT y si la RO es la OEP.

Traducción del reenvío

La R40(3) CBE indica también que debe aportarse, en el mismo plazo de 2 meses, una traducción de la solicitud si la solicitud presentada anteriormente no está redactada en una lengua oficial (es decir, el francés, el inglés o el alemán, A14(1) CBE).

El A121 CBE no es aplicable a este plazo.

La aportación de la traducción no es obligatoria si la OEP ya está en posesión de la misma (R53(2) CBE).

Si la traducción no se aporta en el plazo, la OEP notifica al solicitante y le concede un nuevo plazo de 2 meses para aportar dicha traducción (R58 CBE, la R57 a) CBE previendo también esta traducción).

No obstante, la ausencia de traducción no tiene incidencia en la fecha de solicitud (Directrices A-II 4.1.4, último párrafo). Esto se explica por la ausencia de prescripción sobre los idiomas para la descripción a efectos de la atribución de una fecha de solicitud.

La sanción por esta falta de traducción es que la solicitud se considera retirada (A14(2) CBE).

En el procedimiento, y hasta prueba en contrario, se presume que esta traducción es correcta (R7 CBE).

Texto que hace fe

Normalmente, el texto que hace fe en todos los procedimientos ante la OEP es el texto redactado en el idioma del procedimiento (A70(1) CBE).

No obstante, si la solicitud no se ha presentado en un idioma oficial de la OEP, es esta última la que hace fe (A70(2) CBE).

El texto traducido podrá ponerse en concordancia con el texto tal como se presentó durante todo el procedimiento (A14(2) CBE).

Esta última posibilidad es discutible si la solicitud hace únicamente referencia a una solicitud redactada en un idioma que no es un idioma oficial de la oficina, ya que la R40(3) CBE no prevé la corrección (no obstante, esto parece lógico, especialmente a la vista de la R7 CBE).

Caso particular de una solicitud en día festivo

Si una solicitud de patente se presenta en un día festivo o un día de cierre de una oficina de la OEP (ej. solicitud por fax un domingo), cabe preguntarse si la fecha de solicitud se pospone al siguiente día de apertura.

La respuesta es no: la fecha de solicitud puede perfectamente ser un día festivo o cerrado para la OEP.

La corrección de irregularidades

Incumplimiento de las condiciones mínimas

El incumplimiento de una de las tres condiciones mínimas mencionadas anteriormente conlleva el envío de una notificación por parte de la OEP al solicitante (R55 CBE).

A partir de la recepción de esta notificación, el solicitante dispone entonces de un plazo de 2 meses (R55 CBE) para proceder a la regularización de su solicitud:

  • si hay regularización, la fecha de solicitud será entonces la fecha en que la OEP reciba la corrección;
  • si no hay regularización, no habrá fecha de solicitud.

Si la identificación del solicitante no es suficiente para permitir el envío de esta notificación, se considera que el plazo de 2 meses comienza a contar desde la propia solicitud (ya que no se le puede notificar, Directrices A-II 4.1.4): ¡corresponde al solicitante darse cuenta por sí mismo!

Caso particular de partes faltantes en la descripción o los dibujos

Principio

Como se ha explicado anteriormente, puede ocurrir que el solicitante cometa un error al presentar su descripción o los dibujos.

Por ejemplo (¡y Dios sabe que esto ocurre!), solo se ha proporcionado una página de cada dos a la OEP debido a una fotocopia realizada en el anverso de las hojas en lugar de en el anverso y el reverso…

En este caso, puede ser posible una corrección bajo ciertas condiciones.

Identificación del error/omisión y condiciones temporales

En primer lugar, la corrección solo es posible:

  • si el solicitante se da cuenta de su error y solicita una corrección en un plazo de 2 meses después de la solicitud (R56(2) CBE), o
  • si la OEP se da cuenta del error del solicitante (pero no hay garantía R56(1) CBE) y este último solicita entonces la corrección en menos de 2 meses después de haber recibido la notificación de la OEP (R55 CBE, olvido total o R56(2) CBE olvido parcial de la descripción).

Corrección con ayuda de un documento de prioridad

Corrección de un olvido (página, parte, elemento) de la descripción y de los dibujos

Si se cumple una de las condiciones anteriores, entonces hay que verificar si la parte que se ha omitido existe íntegramente en un posible documento del que se reivindica la prioridad (observemos, por cierto, que se puede añadir un nuevo documento de prioridad si se desea según la R52(3) CBE).

Si es así, es posible una corrección (R56(3) CBE).

Será necesario entonces proporcionar al agente de formalidades los siguientes elementos:

  • una solicitud de corrección (R56(3) CBE);
  • una copia de la solicitud prioritaria (R56(3) a) CBE, salvo si la solicitud prioritaria es (JO 2020, A57):
    • una solicitud europea,
    • una solicitud internacional si la RO es la OEP;
    • una solicitud estadounidense (normales o « provisional »)
      • para las « provisional », es necesario presentar un formulario PTO/SB/39 en la USPTO para autorizarla a comunicar dicha solicitud (« Comunicado de la Oficina Europea de Patentes, de fecha 27 de junio de 2007, relativo a los aspectos prácticos del intercambio electrónico de documentos de prioridad entre la OEP y la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO)« , JO 2007, 473),
    • una solicitud coreana (de patente o de modelo de utilidad),
    • una solicitud china (de patente o de modelo de utilidad),
  • una traducción si la solicitud prioritaria no está en un idioma oficial de la OEP (R56(3) b) CBE);
  • si la solicitud prioritaria está en un idioma diferente al de la lengua de procedimiento, pero, no obstante, es un idioma oficial de la OEP, es necesario (Directrices A-II 5.4.4):
    • presentar una traducción de las partes omitidas en la lengua de procedimiento (para cumplir con R56(1) CBE y R3(2) CBE) (Directrices A-II 5.4.4 i);
    • presentar las partes omitidas junto con una declaración en la que se indique que las partes omitidas son una traducción fiel de las partes de la solicitud prioritaria (Directrices A-II 5.4.4 ii).
  • una indicación del lugar exacto donde figuran íntegramente las partes omitidas de la descripción o los dibujos faltantes (R56(3) c) CBE).

En este caso, se aceptará la corrección y la fecha de solicitud no se modificará (R56(3) CBE).

¿Corrección de las reivindicaciones?

En teoría, el tenor literal de la R56(1) CBE no permite corregir un olvido en las reivindicaciones.

La idea debía ser que las disposiciones del A90(4) CBE junto con R58 CBE junto con R57 c) CBE deberían ser suficientes.

No obstante, parece posible, en el límite, corregir la descripción añadiendo a esta las reivindicaciones de la solicitud anterior (esto permitirá no infringir el A123(2) CBE si posteriormente deben añadirse reivindicaciones).

¿Corrección de un elemento erróneo ?

En principio, no es posible corregir un elemento erróneo mediante las disposiciones del artículo 56 CPE (J27/10).

La rectificación solo es posible en virtud del artículo 139 CPE en caso de error (J19/80).

No obstante, si resulta evidente que los dibujos presentados no son correctos (ej. numerosas referencias no están descritas), esta corrección parece posible (J2/12) si puede establecerse sin aplicar conocimientos técnicos :

  • que los dibujos inicialmente presentados no son aquellos a los que hace referencia la descripción, y
  • que los dibujos proporcionados posteriormente son aquellos a los que hace referencia la descripción.
¿Corrección de un elemento ilegible ?

No es posible corregir un elemento ilegible mediante las disposiciones del artículo 56 CPE (ej. dibujos ilegibles, J12/14).

Otras correcciones

En todos los demás casos, no se podrá proceder a la corrección sin modificar la fecha de solicitud (es decir, que pasará a ser la fecha en la que se realice la corrección).

Por consiguiente, la OEP, al recibir los documentos de corrección, advertirá al solicitante de que dicha corrección conlleva un cambio en la fecha de solicitud (artículo 56(5) CPE).

El solicitante dispondrá entonces de un plazo de 1 mes para oponerse (artículo 56(5) CPE) y así renunciar a las correcciones que él mismo haya propuesto.

Si finalmente no se realiza (o no es aceptada por el solicitante) ninguna modificación, será necesario «limpiar» la solicitud (artículo 56(4) CPE) : habrá que eliminar de la descripción toda referencia a los dibujos faltantes (Directrices A-II 5.5) para que los terceros puedan orientarse cuando se publique la solicitud !

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