Aplicación industrial

Para que una invención pueda ser patentable, es necesario que sea susceptible de aplicación industrial (A52(1) CPE).

La noción de aplicación industrial debe distinguirse de la noción de invención definida anteriormente (aunque estas dos nociones puedan en ocasiones confundirse o solaparse).

Definición de la aplicación industrial

Para que una invención tenga carácter industrial, es necesario que pueda ser utilizada o fabricada en cualquier tipo de industria, incluida la agricultura (A57 CPE).

El término « industria » debe entenderse como el ejercicio de cualquier actividad de carácter técnico (por oposición a las bellas artes, Directrices G-III 1).

Por ejemplo, una invención con un fin técnico es patentable (incluso si la invención es una simulación o no se obtiene ningún resultado tangible/material) (T1227/05).

Valoración de la aplicación industrial

Exposición de la aplicación

La aplicación industrial de la invención debe exponerse en la solicitud si esta no es evidente (R42(1) CPE).

Momento de valoración

Es en el momento de la solicitud cuando debe evaluarse la aplicación industrial.

Por ejemplo, si se reivindica un plástico resistente a metal fundido cuando dicho plástico no existe en la fecha de la solicitud (aunque se invente al día siguiente de la solicitud), entonces no existe aplicación industrial para la invención.

Exclusiones clásicas

La noción de aplicación industrial permite así rechazar:

  • una invención que no funciona (ej. movimiento perpetuo, Directrices G-III 1); una invención basada en principios físicos desconocidos y no probados; una invención destinada a una idea publicitaria; etc.

Productos intermedios

Un producto cuyo único papel es permitir la fabricación de un producto final (y que posee una aplicación industrial) se considerará que también tiene una aplicación industrial (T22/82).

Métodos de ensayo (mecánico, terapéutico, etc.)

Aunque un protocolo de ensayo intervenga a menudo antes de la fase de industrialización (protocolo de resistencia mecánica, protocolo de prueba de efectos alérgicos, etc.), estos métodos se consideran como poseedores de una aplicación industrial (Directrices G-III 2).

Secuencia génica

Para este tipo de invenciones, es importante exponer concretamente y con precisión la aplicación industrial prevista (R29(3) CPE, T898/05 y Directrices G-III 4).

Por ejemplo, una simple secuencia de ADN sin indicación de una función no tiene aplicación industrial (Directiva de la UE 98/44/CE, considerando 23).

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