La obtención de una fecha de solicitud

Condiciones para la atribución de una fecha de solicitud

Las condiciones « fuertes »

Una descripción « a primera vista »

La solicitud debe incluir una parte que, a primera vista, constituya una descripción (A11.1.iii.d PCT y A3.2 PCT).

No existe ninguna condición de forma.

Una reivindicación « a primera vista »

La solicitud debe incluir una parte que, a primera vista, constituya una o varias reivindicaciones (A11.1.iii.e PCT y A3.2 PCT).

No existe ninguna condición de forma.

Designación del solicitante

La solicitud debe incluir el nombre del solicitante (A11.1.iii.c PCT) permitiendo así establecer su identidad.

Solo es necesario indicar a uno de los solicitantes, y este solicitante debe ser al menos aquel para el cual la indicación de la nacionalidad o del domicilio permita constatar que existe un vínculo con un Estado contratante (R26.2bis.b PCT).

Una irregularidad de este tipo es rara, ya que significa que en ninguna parte de los documentos de la solicitud se menciona el nombre del solicitante (R20.1.b PCT):

  • incluso si este nombre está mal escrito,
  • incluso si los nombres no están completos,
  • incluso si, en el caso de una persona jurídica, la indicación del nombre está abreviada o incompleta.

Indicación de que la solicitud es una solicitud internacional

La solicitud debe incluir una indicación según la cual la solicitud ha sido presentada como solicitud internacional (A11.1.iii.a PCT).

Esta mención se indica si el solicitante utiliza el formulario PCT/RO/101.

Las condiciones « débiles »

Nacionalidad / domicilio de un solicitante

Principio

Cualquier persona domiciliada en un Estado contratante o cualquier nacional de dicho Estado puede presentar una solicitud PCT (A9.1 PCT):

Al menos uno de los solicitantes debe tener la nacionalidad o estar domiciliado en un Estado contratante (A11.1.i PCT y R18.3 PCT).

Normalmente, esta nacionalidad o domicilio debe estar en el Estado contratante correspondiente a la Oficina Receptora (RO), pero la medida de salvaguardia (que permite transferir a la Oficina Internacional (IB) cualquier solicitud inadmisible por esta razón) y el número de países que forman parte del PCT hacen que esta condición sea prácticamente sin efecto (R19.4.a.i PCT).

Definición de domicilio

Aunque la cuestión del domicilio la resuelve la Oficina Receptora (RO) (R18.1.a PCT), se entiende como mínimo por « domicilio » la posesión de un establecimiento industrial o comercial efectivo y serio (R18.1.b.i PCT).

Definición de nacionalidad

Aunque la cuestión de la nacionalidad la resuelve la Oficina Receptora (RO) (R18.1.a PCT), se entiende como mínimo por « nacional » una persona jurídica constituida conforme a la legislación de un Estado contratante (R18.1.b.ii PCT).

Idioma de la solicitud

Principio

La solicitud (descripción y reivindicación R20.1.c PCT) debe redactarse en un idioma prescrito (A11.1.ii PCT), es decir, un idioma aceptado por la RO (R12.1.a PCT).

Idiomas aceptados por la RO

Los idiomas aceptados por la RO deben incluir como mínimo (R12.1.b PCT) un idioma que sea (los idiomas aceptados pueden ser, por tanto, más numerosos):

  • aceptado por al menos una de las ISA competentes para dicha RO;
  • un idioma de publicación de la R48.3.a PCT:
    • alemán,
    • inglés,
    • árabe,
    • chino,
    • coreano,
    • español,
    • francés,
    • japonés,
    • portugués o
    • ruso.
Idiomas diferentes

Si la descripción y las reivindicaciones están en dos idiomas diferentes (incluso si ambos son aceptados por la RO), parece que esto impide la atribución de una fecha de solicitud.

Si otra parte de la solicitud está en un idioma diferente, esta parte puede traducirse posteriormente sin modificar la fecha de solicitud (para el resumen o los dibujos, R26.3ter.a PCT) tras una posible invitación de la RO.

Medida de salvaguarda

Normalmente, el idioma debe ser uno de los aceptados por la RO, pero la medida de salvaguarda (que permite transferir al IB cualquier solicitud inadmisible por este motivo) hace que esta condición carezca de efecto (R19.4.a.ii PCT), especialmente porque el IB acepta una solicitud redactada en cualquier idioma, incluso en el de un Estado no contratante (Guía del solicitante, Anexo C, IB).

Designación de los Estados

La solicitud debe incluir la designación de al menos un Estado contratante (A11.1.iii.b PCT).

No obstante, esta condición carece de efecto, ya que, desde 2004, la presentación de una solicitud PCT implica la designación de todos los Estados miembros (R4.9.a PCT).

Es posible excluir ciertas designaciones para evitar el « efecto de autodesignación » previsto por algunas leyes nacionales (R4.9.b PCT, efecto vinculado a la designación de un Estado determinado cuando la solicitud nacional anterior de la que se reivindica la prioridad se presentó en ese mismo Estado).

Las únicas designaciones que pueden excluirse hoy en día son:

  • DE: Oficina Alemana de Patentes y Marcas
  • JP: Oficina de Patentes de Japón
  • KR: Oficina Coreana de la Propiedad Intelectual

La exclusión de una designación es irrevocable e irreversible.

Irregularidades o remisión a una solicitud anterior

Incumplimiento de las condiciones mínimas

Principio general

El incumplimiento de uno de los requisitos mínimos mencionados anteriormente conlleva el envío de una notificación por parte de la OA al solicitante (A11.1 PCT junto con R20.3.a PCT).

A partir de esta comunicación, el solicitante dispone de un plazo de dos meses (R20.7.a.i PCT) desde la notificación para proceder a la regularización de su solicitud:

  • si se realiza la regularización, la fecha de solicitud será entonces la fecha en que la OA reciba la corrección (R20.3.b.i PCT);
  • si no se realiza la regularización, no habrá fecha de solicitud (R20.4 PCT).

En cualquier caso, si no se envía ninguna comunicación (ej. la OA no tiene la dirección del solicitante o no identifica un error), el plazo de dos meses para la corrección comenzará a contar desde la fecha de presentación de los primeros documentos a la OA (R20.7.a.ii PCT).

No obstante, se considerará que la corrección ha sido recibida dentro de plazo si la OA no ha enviado una notificación indicando que la solicitud no es una solicitud internacional y no será tramitada como tal (R20.7.b PCT).

La OA, al recibir los documentos de corrección, informará al solicitante de que dicha corrección conlleva una modificación de la fecha de solicitud (R20.3.b.i PCT junto con R20.2.c PCT).

Caso particular de la descripción o de las reivindicaciones

Aunque la existencia de una descripción o de una reivindicación es un requisito mínimo, existen disposiciones particulares (véase más abajo « Incorporación por referencia ») en el caso de que este requisito no se cumpla.

Incorporación por referencia (descripción, reivindicaciones, dibujos)

Principio

Puede ocurrir que el solicitante:

  • cometa un error al presentar la solicitud:
    • y olvide una parte de un elemento de su descripción, sus reivindicaciones o sus dibujos;
    • y olvide un elemento completo de la descripción, sus reivindicaciones o los dibujos;
  • pretenda presentar una solicitud remitiéndose a un elemento de una solicitud anterior (ej. la descripción, las reivindicaciones o los dibujos).

Una incorporación por referencia puede ser la solución en estas situaciones.

El PCT trata, por tanto, en el mismo plano el error del solicitante y su voluntad de realizar una remisión…

Requisito previo para beneficiarse de esta incorporación

Esta corrección solo es posible si la petición incluye una declaración indicando que, cuando la descripción, los dibujos o las reivindicaciones (en su totalidad o en parte) no estén presentes en la solicitud internacional, pero sí en el documento de prioridad, dicho elemento (o dicha parte) puede incorporarse por referencia (A11.1.iii PCT junto con R4.1.c.iv PCT junto con R4.18 PCT).

Esta declaración figura, por defecto, en el formulario de petición proporcionado por la OMPI.

La incorporación por referencia solo es posible para las solicitudes presentadas a partir del 1 de abril de 2007.

Reservas posibles de Estados contratantes (RO o Estados designados)

Algunos Estados han indicado reservas respecto a esta posibilidad de corrección tras la fecha de solicitud:

  • BE Oficina de la propiedad intelectual (Bélgica);
  • CU Oficina cubana de la propiedad industrial;
  • CZ Oficina de la propiedad industrial (República Checa);
  • DE Oficina alemana de patentes y marcas;
  • ID Dirección General de la Propiedad Intelectual (Indonesia);
  • IT Oficina italiana de patentes y marcas;
  • JP Oficina de Patentes de Japón;
  • KR Oficina coreana de la propiedad intelectual;
  • MX Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial;
  • PH Oficina de la Propiedad Intelectual (Filipinas).

Identificación del error y condiciones temporales

En primer lugar, la corrección solo es posible:

  • si el solicitante solicita por sí mismo la incorporación:
    • en un plazo de dos meses después de la solicitud de las primeras piezas (R20.7.a.ii PCT), o
    • mientras el RO no haya enviado una notificación indicando que la solicitud no es una solicitud internacional y no será tramitada como tal (R20.7.b PCT).
  • si el RO se percata del error del solicitante (R20.5.a PCT, si falta una parte de la descripción o de las reivindicaciones o todos o parte de los dibujos, R20.3.a PCT, si falta toda la descripción o todas las reivindicaciones, R20.5bis.a PCT, si toda la descripción o todas las reivindicaciones, o todos los dibujos son erróneos) enviando una notificación y este último solicita la corrección:
    • en un plazo de dos meses después de la notificación del RO (R20.7.a.i PCT).
    • mientras el RO no haya enviado una notificación indicando que la solicitud no es una solicitud internacional y no será tramitada como tal (R20.7.b PCT).

En este último caso (es decir, el RO se percata de una omisión o un error en una parte completa), existen dos supuestos (R20.5.a PCT):

  • el solicitante puede solicitar la incorporación porque se ha realizado una remisión:
    • en este caso, la fecha de solicitud no se modifica
  • el solicitante no había realizado una remisión
    • la fecha de solicitud se modifica a la fecha en que se presentan las nuevas partes corregidas

Incorporación con ayuda de un documento de prioridad

Principio

Siempre que se cumplan todas las condiciones anteriores (la prioridad contiene los elementos/partes faltantes y la solicitud internacional contiene la declaración de incorporación por remisión), el solicitante puede corregir su solicitud presentando una confirmación de incorporación (R20.6 PCT).

Esta confirmación debe contener:

  • una carta de confirmación de la declaración de incorporación por remisión (R20.6.a PCT),
  • las hojas que faltaban en la solicitud internacional en el momento de la solicitud, debiendo proporcionarse estas hojas (R20.6.a.i PCT junto con R12.1bis PCT):
    • en el idioma de la solicitud tal como se presentó y,
    • en su caso, en el idioma requerido para la búsqueda internacional y/o la publicación.
  • una indicación del lugar donde figuran las partes faltantes en el documento de prioridad y en su traducción, si esta es requerida (R20.6.a.iv PCT),
  • si el documento de prioridad no ha sido ya presentado, una copia de la solicitud anterior tal como se presentó (R20.6.a.ii PCT),
  • una traducción del documento de prioridad (R20.6.a.iii PCT):
    • en el idioma de la solicitud tal como se presentó si este no está en el idioma de la solicitud y,
    • en su caso, en el idioma requerido para la búsqueda internacional y/o la publicación.

No se requiere ninguna otra información (ej. justificación).

Reivindicación de prioridad presente en la solicitud

A diferencia de lo posible ante la OEP, no es posible añadir o corregir una reivindicación de prioridad con posterioridad a la solicitud y luego solicitar su incorporación por remisión. La reivindicación de prioridad debe existir en la fecha de la solicitud (Guía del solicitante §6.028).

Caso de un RO que no ha notificado reservas

Si se cumplen las condiciones anteriores, se acepta la corrección y la fecha de solicitud será:

  • la fecha en que se cumplieron los requisitos mínimos (R20.6.b PCT junto con R20.5.b PCT si falta una parte de la descripción o de las reivindicaciones o la totalidad o parte de los dibujos)
  • la fecha en que se cumplieron los requisitos mínimos, considerando que los elementos faltantes estaban contenidos en los primeros documentos presentados (R20.6.b PCT junto con R20.3.b.ii PCT, si falta toda la descripción o todas las reivindicaciones)

Una indicación de este hecho se incluye en la portada de la publicación (R48.2.b.v PCT).

Si la confirmación no se recibe en los plazos establecidos, no se podrá realizar la corrección:

  • no se trata de una solicitud internacional si no se cumplen los requisitos mínimos (R20.4 PCT);
  • las partes faltantes (sabiendo que se cumplen los requisitos mínimos) no pueden añadirse a la solicitud internacional existente.

Las oficinas designadas o elegidas no están vinculadas por la decisión del RO.

Caso de un RO que ha notificado reservas

El RO no puede aceptar la confirmación de la incorporación, ya que no está vinculado por las disposiciones, pero puede tramitar las hojas recibidas.

El RO tramitará entonces la modificación como una « otra corrección » en el sentido del siguiente párrafo.

No obstante, el solicitante puede pedir al RO que transmita a la IB la solicitud en aplicación de la R19.4.a.iii PCT.

Otras correcciones (descripción, reivindicaciones, dibujos)

En todos los demás supuestos (es decir, sin prioridad, sin declaración o ausencia del contenido faltante en la prioridad), el solicitante no podrá proceder a la corrección sin modificar la fecha de solicitud.

Si el RO recibe una solicitud de corrección de la solicitud en un plazo de 2 meses desde la fecha de solicitud o, en su caso, desde la notificación del RO (R20.7 PCT), la fecha de solicitud se fijará en esa fecha:

  • si falta toda la descripción o todas las reivindicaciones (R20.3.b.i PCT);
  • si falta una parte de la descripción o de las reivindicaciones o la totalidad o parte de los dibujos:
    • y si la fecha aún no está fijada (R20.5.b PCT),
    • y si la fecha ya está fijada en otra fecha, entonces se produce una nueva fijación de la fecha de solicitud (R20.5.c PCT).

El RO, al recibir los documentos de corrección, informará al solicitante de que esta corrección conlleva una modificación de la fecha de solicitud (R20.3.b.i PCT o R20.5.b PCT o R20.5.c PCT junto con R20.2.c PCT).

Si la fecha de solicitud ha sido corregida (R20.5.c PCT, parte faltante y fecha de solicitud previamente fijada), el solicitante dispone de un plazo de un mes para oponerse (R20.5.e PCT) y así renunciar a las correcciones que él mismo propuso.

Procedimiento tras la solicitud

Atribución de una fecha por la OA

Cuando la OA atribuye una fecha de solicitud a una solicitud, el solicitante es notificado a breve plazo de esta fecha y del número de la solicitud de patente (R20.2.c PCT).

La OI es informada de esta notificación y el original de la solicitud le es enviado (R20.2.c PCT).

Recepción del ejemplar original por la OI

El ejemplar original debe normalmente llegar a la OI en un plazo de 13 meses a partir de la fecha de prioridad (R22.1.b PCT).

Al recibir este ejemplar (lo antes posible), la OI lo notifica:

Esta notificación contiene (R24.2.a PCT):

  • el número de la solicitud;
  • la fecha de solicitud;
  • el nombre del solicitante;
  • las fechas de prioridad reivindicadas;
  • los Estados designados (únicamente en la notificación al solicitante).

Retirada por la OA de una fecha de solicitud

Si, tras la atribución de una fecha de solicitud, la OA constata que en realidad no se cumplen las condiciones, la solicitud se considera retirada (A14.4 PCT junto con R29.1.ii PCT).

Así, la solicitud conserva su fecha de solicitud y puede, por tanto, servir de base para una reivindicación de prioridad.

No obstante, esta constatación no puede efectuarse después de la expiración de un plazo de 4 meses desde la solicitud (A14.4 PCT junto con R30.1 PCT) y debe ir precedida de una notificación al solicitante en la que se le indique la intención de la OA de realizar dicha constatación (R29.4.a PCT): el solicitante dispone entonces de dos meses para presentar observaciones o confirmar la incorporación por referencia.

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