Los requisitos
Provisión de un título
Requisito
La solicitud debe incluir un título (R4.1.a PCT, solicitud y R5.1.a PCT, descripción).
Debe ser breve (2 a 7 palabras) y preciso (R4.3 PCT).
Sanción
Si el título falta (A14.1.a.iii PCT), la RO invita al solicitante a proporcionarlo (A14.1.b PCT) en un plazo de 2 meses a partir de la invitación (A14.1.b PCT junto con R26.1 PCT junto con R26.2 PCT).
Este plazo puede prorrogarse, a petición, incluso después de la expiración del plazo, siempre que la RO no haya tomado una decisión sobre este punto (A14.1.b PCT junto con R26.1 PCT junto con R26.2 PCT).
Si la corrección no se realiza a tiempo, la solicitud internacional se considera retirada (A14.1.b PCT).
Título establecido o confirmado por la ISA
Si la ISA constata que la solicitud no contiene un título y que la RO no lo ha notificado porque el solicitante ha sido invitado a proporcionarlo, la ISA establece ella misma el título (R37.2 PCT).
Si el título ha sido proporcionado previamente por el solicitante, la ISA aprueba el título (R44.2 PCT).
Provisión de un resumen
Requisito
La solicitud debe incluir un resumen (A14.1.a.iv PCT) que comprenda un resumen de lo que se expone en la solicitud (R8 PCT).
Este resumen debe ser conciso (aproximadamente 50 a 150 palabras) (R8.1.b PCT).
Sanción
Si el resumen falta (A14.1.a.iv PCT), la RO invita al solicitante a proporcionarlo (A14.1.b PCT) en un plazo de 2 meses a partir de la invitación (R26.2 PCT).
Este plazo puede prorrogarse, a petición, incluso después de la expiración del plazo, siempre que la RO no haya tomado una decisión sobre este punto (R26.2 PCT).
Si la corrección no se realiza a tiempo, la solicitud internacional se considera retirada (A14.1.b PCT).
Resumen establecido o confirmado por la ISA
Si la ISA constata que la solicitud no contiene un resumen y que la RO no lo ha notificado porque el solicitante ha sido invitado a proporcionarlo o si la ISA constata que el resumen no es conforme, la ISA establece ella misma el resumen (R38.2 PCT).
Si el resumen ha sido proporcionado previamente por el solicitante, la ISA lo aprueba (R44.2 PCT).
Firma de la solicitud
Requisito
Normalmente, la solicitud debe estar firmada por el solicitante (A14.1.a.i PCT junto con R4.1.d PCT) o su representante (R2.1 PCT y R90.3 PCT).
Si normalmente la solicitud debe ser firmada por todos los solicitantes (R4.15.a PCT), esto no constituye una irregularidad en la fase internacional si solo uno de ellos la ha firmado (R26.2bis.a PCT).
Sellos
Puede ocurrir que ciertas oficinas receptoras acepten « sellos » en lugar de firmas (R2.3 PCT).
Esto puede ser el caso, en particular, para la oficina china, japonesa o coreana (Guía del solicitante §5.091).
Sanción
Si falta la firma (A14.1.a.i PCT), la oficina receptora invita al solicitante a proporcionarla (A14.1.b PCT) en un plazo de 2 meses a partir de la invitación (R26.2 PCT).
Este plazo puede prorrogarse, a petición, incluso después de la expiración del plazo, siempre que la oficina receptora no haya tomado una decisión sobre este punto (R26.2 PCT).
Si la corrección no se realiza a tiempo, la solicitud internacional se considera retirada (A14.1.b PCT).
Designación del solicitante
Requisito
El solicitante debe ser identificado indicando (R4.5.a PCT) :
- su nombre:
- apellido seguido del nombre (R4.4.a PCT),
- denominación oficial para las personas jurídicas (R4.4.b PCT),
- sin los títulos o grados (R4.19.a PCT);
- su dirección:
- escrita para permitir una distribución postal correcta (R4.4.c PCT),
- un número de teléfono o fax puede complementar esta dirección.
- su nacionalidad (el nombre del Estado, R4.5.b PCT) y su domicilio (el nombre del Estado, R4.5.c PCT):
- esta indicación es útil para saber si el solicitante tiene la capacidad para presentar una solicitud ante esta oficina receptora (R19.1.a PCT),
- cuando el país del domicilio no está indicado, se supone que este es el país indicado en la dirección.
- el nombre del Estado se indica (instrucciones administrativas 115)
- ya sea de manera completa
- ya sea de manera abreviada
- o por su código de dos letras.
Puede haber diferentes solicitantes para diferentes Estados (R4.5.d PCT).
Sanción
Si la designación del solicitante falta (A14.1.a.ii PCT) (al menos para aquel que permite depositar ante la Oficina Receptora, R26.2bis.b PCT), la Oficina Receptora invita al solicitante a proporcionarla (A14.1.b PCT) en un plazo de 2 meses a partir de la invitación (R26.2 PCT).
Este plazo puede prorrogarse, a petición, incluso después de la expiración del plazo, siempre que no se haya tomado ninguna decisión sobre este punto por parte de la Oficina Receptora (R26.2 PCT).
Si la corrección no se realiza a tiempo, la solicitud internacional se considera retirada (A14.1.b PCT).
Pruebas posteriores
Durante la fase nacional, las oficinas designadas o elegidas pueden solicitar pruebas de la identidad del inventor (R51bis.1.a.i PCT).
Idiomas del resumen, los dibujos y la solicitud
Traducción del resumen y los dibujos
Si el resumen o el texto contenido en los dibujos no están redactados en el idioma de la solicitud (es decir, de la descripción y de las reivindicaciones) y si estas piezas no están ya en el idioma en el que debe publicarse la solicitud, la Oficina Receptora invita al solicitante a presentar una traducción de estas piezas en el idioma en el que debe publicarse la solicitud (A3.4.i PCT y R26.3ter.a PCT).
Sin embargo, algunas oficinas no aceptan que ciertas piezas estén en un idioma diferente al de la descripción (R26.3ter.b PCT).
Traducción de la solicitud
Independientemente del idioma de la descripción y de las reivindicaciones, la solicitud debe presentarse en un idioma de publicación aceptado por la Oficina Receptora (R12.1.c PCT).
Los idiomas de publicación son (R48.3.a PCT) :
- alemán, inglés, árabe, chino, coreano, español, francés, japonés, portugués o ruso.
Si la solicitud no cumple con este requisito, la Oficina Receptora lo notifica al solicitante (R26.3ter.c PCT) y lo invita a subsanar esta irregularidad y/o a presentar observaciones en un plazo de 2 meses a partir de la invitación (R26.3ter.c PCT junto con R26.1 PCT junto con R26.2 PCT).
Reivindicaciones de prioridad
Requisito
Toda solicitud puede contener una declaración según la cual una o más prioridades de solicitudes presentadas anteriormente en un Estado miembro de la CUP (A8.1 PCT) o miembro de la OMC (R4.10.a PCT).
Toda reivindicación de prioridad debe figurar en la solicitud (R4.10.a PCT) y debe mencionar, para la solicitud anterior:
- la fecha de presentación (R4.10.a.i PCT) ;
- el número de presentación (R4.10.a.ii PCT); el lugar de la presentación: el Estado CUP o el miembro de la OMC en el cual la presentación fue efectuada (R4.10.a.iii PCT);
- la administración encargada de la concesión (si solicitud regional, R4.10.a.iv PCT) y al menos un Estado miembro de la CUP o miembro de la OMC para el cual esta solicitud fue presentada (R4.10.b.ii PCT) si la solicitud regional no se refiere solo a Estados de este tipo;
- la Oficina Receptora (si solicitud internacional, R4.10.a.v PCT).
Si un Estado no es miembro de la OMC y una prioridad es reivindicada fuera de la CUP, este Estado puede no tener en cuenta la prioridad que ha sido reivindicada (Guía del solicitante, §5.057).
Corrección o adición de prioridad
Principio
Es posible corregir una reivindicación de prioridad existente o añadir una enviando una comunicación a la Oficina Internacional o a la Oficina Receptora (R26bis.1.a PCT).
Plazo
Esta corrección o adición puede hacerse (R26bis.1.a PCT) :
- en un plazo de dieciséis meses a partir de la fecha más antigua entre:
- la fecha de prioridad más antigua antes de la corrección/adición y
- la fecha de prioridad más antigua después de la corrección/adición;
- en un plazo de cuatro meses a partir de la fecha de presentación internacional.
Por otro lado, el plazo se considera respetado si la corrección es recibida en el mes que sigue a la declaración de la Oficina Receptora o de la Oficina Internacional indicando que la reivindicación de prioridad es considerada como no habiendo sido presentada (R26bis.2.b PCT, para la corrección solamente).
Fuera de plazo
Si una corrección o adición llega después de la expiración de este plazo a la Oficina Internacional, pero sin exceder 30 meses a partir de la prioridad, la Oficina Internacional puede publicar esta información mediante el pago de una tasa (R26bis.2.e PCT).
Impacto de la publicación anticipada
Toda solicitud de corrección/adición será considerada como no recibida si ocurre después de la solicitud del solicitante de publicación anticipada de la solicitud (a menos que esta solicitud de publicación anticipada sea retirada antes de la finalización de los preparativos técnicos, R26bis.1.b PCT, es decir, 15 días antes de la publicación, guía del solicitante, §9.013).
Contenido
Toda corrección o adición de prioridad debe ser conforme a la R4.10.a PCT y debe mencionar, para la solicitud anterior:
- la fecha de solicitud (R4.10.a.i PCT);
- el número de solicitud (R4.10.a.ii PCT);
- el lugar de la solicitud:
- El Estado CUP o el miembro de la OMC en el cual la solicitud fue presentada (R4.10.a.iii PCT)
- la administración encargada de la concesión (si solicitud regional, R4.10.a.iv PCT) y al menos un Estado miembro de la CUP o miembro de la OMC para el cual esta solicitud fue presentada (R4.10.b.ii PCT) si la solicitud regional no se refiere solo a Estados de este tipo;
- la RO (si solicitud internacional, R4.10.a.v PCT).
Efectos sobre el cálculo de los plazos
Todo plazo calculado a partir de la fecha de prioridad y que no ha expirado se recalcula (R26bis.1.c PCT).
Restauración del derecho de prioridad por la RO
La RO puede decidir conceder una restauración del derecho de prioridad si el plazo entre la fecha de prioridad y la fecha de solicitud concedida supera 12 meses pero sin exceder 14 meses (R26bis.3.a PCT).
Para ello, la RO debe aplicar al menos un criterio de restauración entre (R26bis.3.a PCT):
- la diligencia requerida en el caso;
- el carácter no intencional de la omisión.
Se puede solicitar una tasa de restauración (R26bis.3.d PCT).
Por supuesto, algunos países han puesto una reserva a estas disposiciones (R26bis.3.j PCT):
- BE Oficina de la propiedad intelectual (Bélgica)
- BR Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (Brasil)
- CO Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia)
- CU Oficina Cubana de la Propiedad Industrial
- CZ Oficina de la Propiedad Industrial (República Checa)
- DE Oficina Alemana de Patentes y Marcas
- DZ Instituto Nacional Argelino de la Propiedad Industrial
- GR Organización de la Propiedad Industrial (OBI) (Grecia)
- ID Dirección General de la Propiedad Intelectual (Indonesia)
- IN Oficina de Patentes (India)
- IT Oficina Italiana de Patentes y Marcas
- JP Oficina de Patentes de Japón
- KR Oficina Coreana de la Propiedad Intelectual
- NO Oficina Noruega de Patentes
- PH Oficina de la Propiedad Intelectual (Filipinas)
Requisito relativo a la presentación de la copia oficial
Principio y plazo
Una copia oficial del documento de prioridad también debe ser proporcionada a la IB o a la RO:
- en un plazo de 16 meses a partir de la fecha de prioridad (R17.1.a PCT, si la solicitud llega a la IB cuando la solicitud aún no está publicada, dicha copia se considera llegada dentro de este plazo) o antes de la solicitud de tratamiento anticipado (R17.2.a PCT, porque de lo contrario las oficinas designadas o elegidas pueden no tener en cuenta la prioridad R17.1.c PCT).
Formato de la copia
La copia debe ser certificada conforme por la administración ante la cual la solicitud anterior fue presentada.
Excepción relativa a la presentación de la solicitud anterior
No es necesario proporcionar la copia de la solicitud anterior:
- cuando el RO es la oficina ante la cual se presentó la solicitud anterior, y si se realiza una solicitud (dentro de los plazos aplicables mencionados anteriormente) ante esta oficina para que la transmita a la IB (R17.1.b PCT);
- puede ser exigible una tasa;
- se prevé una casilla en el formulario para este efecto (R4.1.c.ii PCT).
- cuando la solicitud anterior es accesible en una « biblioteca digital » y si se solicita a la IB que obtenga el documento en esta biblioteca (R17.1.b-bis PCT). Las Oficinas participantes en esta biblioteca son (PCT Newsletter n°1/2010):
- Austria;
- España;
- Gran Bretaña;
- Oficina Internacional;
- Japón;
- Corea del Sur;
- Estados Unidos.
Notificación de irregularidad y correcciones
Notificación
Cuando el RO o la IB constatan que una reivindicación de prioridad no cumple con las condiciones de la R4.10 PCT (mención de la fecha, del número y del lugar), esta administración invita al solicitante a corregir esta irregularidad (R26bis.2.a.ii PCT).
Una misma invitación es enviada si la administración constata una contradicción entre el documento de prioridad proporcionado y las indicaciones dadas (R26bis.2.a.iii PCT).
Nulidad de la reivindicación de prioridad
Si el solicitante no corrige su prioridad, en lo que respecta a la mención de la fecha y del lugar de depósito de la prioridad, dentro del plazo previsto para la corrección o la adición de prioridad, la reivindicación de prioridad irregular se considera como no habiendo sido presentada (R26bis.2.b PCT) y la administración notifica al solicitante. El plazo de corrección se prorroga hasta la notificación de la administración, pero sin exceder un mes después del plazo previsto para la corrección o la adición de prioridad (R26bis.2.b PCT).
No nulidad de la reivindicación de prioridad
Ciertas irregularidades no conllevan la nulidad de la reivindicación de prioridad (R26bis.2.c PCT):
- el número de depósito está faltando;
- la información en el documento de prioridad es contradictoria con las indicaciones dadas;
- la fecha de la prioridad excede en más de 12 meses la fecha de depósito de la solicitud internacional (pero sin exceder 12+2 meses, ya que existe una posibilidad de restauración).
Provisión de una traducción del documento de prioridad?
Si la validez de una prioridad es importante para lo que concierne a la patentabilidad de una solicitud internacional y si esta prioridad no está en un idioma aceptado por la ISA o la IPEA, esta administración puede invitar al solicitante a presentar una traducción de la prioridad en un idioma apropiado en un plazo de 2 meses (R43bis.1.b PCT para la ISA, R66.7.b PCT para la IPEA).
A falta de ello, la prioridad se considera como no válida para el establecimiento de los informes de búsqueda y examen (R43bis.1.b PCT para la ISA, R66.7.b PCT para la IPEA).
Verificación de la validez de la reivindicación de prioridad
La validez de una reivindicación de prioridad no se determina durante la fase internacional.
Esta validez deberá ser resuelta durante la fase nacional. Por ejemplo, si un Estado no es miembro de la OMC y se reivindica una prioridad fuera de la CUP, este Estado puede no tener en cuenta la prioridad que ha sido reivindicada (Guía del solicitante, §5.057).
Sanción
Si no se realiza ninguna entrega del documento de prioridad, cualquier oficina designada o elegida puede ignorar la reivindicación de prioridad, pero no antes de haber dado al solicitante la posibilidad de corregir esta irregularidad en un plazo razonable (R17.1.c PCT), a menos que la solicitud prioritaria haya sido depositada precisamente en esta oficina nacional o sea accesible para ella (R17.1.d PCT).
Tasas
Principio
Cada solicitud internacional está sujeta al pago de tasas prescritas (A3.4.iv PCT).
Estas tasas son (R27.1 PCT) :
- la tasa de transmisión (A3.4.iv PCT junto con R14 PCT),
- la tasa internacional de depósito (A3.4.iv PCT junto con R15.1 PCT),
- la tasa de búsqueda (A3.4.iv PCT junto con R16 PCT) y,
- cuando se exige, la tasa por pago tardío (A3.4.iv PCT junto con R16bis.2 PCT).
Tasas a pagar
Tasa de transmisión
La tasa de transmisión es percibida por la RO para la RO (A3.4.iv PCT junto con R14.1.a PCT) para cubrir los gastos que le corresponden para la realización de sus tareas.
El monto es fijado por la RO (R14.1.b PCT) que fija la divisa en la que debe ser pagada esta tasa.
Esta tasa es debida en un plazo de 1 mes a partir del depósito (R14.1.c PCT).
Tasa de búsqueda
La tasa de búsqueda es percibida por la RO para la ISA (A3.4.iv PCT junto con R16.1.a PCT) para cubrir los gastos de la búsqueda.
El monto es fijado por la ISA (R16.1.a PCT) pero debe ser pagado a la RO (R16.1.b PCT) que fija la divisa en la que debe ser pagada esta tasa.
Esta tasa es debida en un plazo de 1 mes a partir del depósito (R16.1.f PCT).
Tasa internacional
La tasa internacional de solicitud es percibida por el RO para la IB (A3.4.iv PCT junto con R15.1 PCT) para cubrir sus diversos gastos.
El monto está fijado por el Baremo de tasas (R15.2.a PCT) :
- 1330 francos suizos (aproximadamente 1090 euros);
- 15 francos suizos por cada página adicional a partir de la 31ª (teniendo en cuenta: la solicitud incluyendo las declaraciones, la descripción, los dibujos, las reivindicaciones, el resumen, el listado de secuencias).
El RO fija la divisa en la que debe pagarse esta tasa (R15.2.b PCT).
Esta tasa debe pagarse en un plazo de 1 mes a partir de la solicitud (R15.3 PCT).
Reducción
Países en desarrollo
Una reducción del 90 % de la tasa de tramitación es posible si el solicitante es nacional o reside en:
- un país cuyo ingreso nacional por habitante es inferior a 3000 dólares de los Estados Unidos (Baremo de tasas, punto 5.a) o
- un país clasificado en la categoría de países menos avanzados por la Organización de las Naciones Unidas (Baremo de tasas, punto 5.b).
Para un solicitante que se beneficie de esta reducción, y si el RO es la IB, no habrá tasa de transmisión.
Todos los solicitantes (incluso si no forman parte del sistema PCT) deben cumplir este criterio para beneficiarse de la reducción (Baremo de tasas, punto 5).
Esta reducción se aplica después de la reducción concerniente a los medios de solicitud si es aplicable (Baremo de tasas, punto 5).
Actualmente, la OMPI indica que los siguientes Estados se benefician de ello (reducción de tasa al 90 % para el PCT) :
Medios electrónicos de solicitud
Se prevé una reducción de la tasa internacional de solicitud si (Barème de taxes, punto 4) :
- la solicitud y el resumen se presentan en forma de un impreso en papel producido con el software PCT-EASY (Barème de taxes, punto 4.a): una copia electrónica (disquete) en formato de codificación de caracteres (ej. XML) debe adjuntarse. Este modo se denomina « solicitud en modo de presentación PCT-EASY »;
- la reducción es de 100 francos suizos ;
- la reducción es de 100 francos suizos ;
- la reducción es de 200 francos suizos ;
- la reducción es de 300 francos suizos ;
Esta reducción se aplica antes de la reducción concerniente a los países en vías de desarrollo si es aplicable (Barème de taxes, punto 5).
Retraso en el pago
En caso de retraso en el pago (o de pago insuficiente), la RO invita al solicitante a pagar lo adeudado en un plazo de un mes a partir de la notificación (R16bis.1.a PCT).
Un pago no se considera como retrasado si el pago es recibido por la RO antes de que esta envíe la notificación indicando el retraso en el pago (R16bis.1.d PCT).
Una tasa por pago tardío puede ser exigida por la RO (R16bis.2.a PCT) a su beneficio. Esta tasa por pago tardío es el máximo de las dos tasas siguientes :
- 50 % del mínimo entre :
- el monto restante a pagar ;
- la tasa internacional de solicitud (R16bis.2.b PCT).
- el monto de la tasa de transmisión.
Sanción
Si, a pesar de la notificación, el solicitante no paga dentro de los plazos, la solicitud internacional se considera como retirada y la RO informa al solicitante (A14.3.a PCT junto con R16bis.1.c.i PCT junto con R27.1 PCT junto con R29 PCT).
El pago se considera como válido (incluso si una tasa de retraso puede ser debida) si la RO recibe el pago antes del envío de la notificación de la RO informando al solicitante que su solicitud se considera retirada (R16bis.1.e PCT).
Reembolso de tasas
Tasa de transmisión
Nada en el PCT permite obtener el reembolso de la tasa de transmisión.
Tasa de búsqueda
La tasa de búsqueda es totalmente reembolsada si:
- ninguna fecha de solicitud es acordada por la RO (R16.2.i PCT) ;
- la solicitud es retirada o considerada retirada antes de que la copia de la solicitud sea transmitida a la ISA (R16.2.ii PCT) ;
- la solicitud internacional no es tratada como tal por razones de defensa nacional (R16.2.iii PCT).
La tasa de búsqueda es parcialmente reembolsada si:
- una búsqueda anterior es tomada en cuenta para el establecimiento del RRI (pero las condiciones y las modalidades son fijadas en un acuerdo que vincula a la ISA y a la OMPI) (R16.3 PCT) y R41.1 PCT).
La tasa de búsqueda puede ser parcial o totalmente reembolsada si:
- la solicitud es retirada o considerada retirada después de que la copia de la solicitud sea transmitida a la ISA, pero antes de que la ISA comience su trabajo (guía del solicitante §5.198), pero esto depende de las disposiciones aplicables a esta ISA.
Tasa internacional de solicitud
La tasa de búsqueda es totalmente reembolsada si:
- ninguna fecha de solicitud es acordada por la RO (R15.4.i PCT) ;
- la solicitud es retirada o considerada retirada antes de que la copia de la solicitud sea transmitida a la ISA (R15.4.ii PCT) ;
- la solicitud internacional no es tratada como tal por razones de defensa nacional (R15.4.iii PCT) ;
Condiciones materiales
Las condiciones materiales prescritas por el reglamento deben ser respetadas (A14.1.a.v PCT) so pena de que la solicitud sea rechazada (A14.1.b PCT).
Solicitud
Forma
La solicitud debe ser establecida, a elección:
- en un formulario impreso PCT/RO/101 (R3.1 PCT). Ejemplares de este formulario son entregados gratuitamente (R3.2 PCT) ;
- en un formulario informático (R3.1 PCT junto con instrucciones administrativas 102.h.i) ;
- con la ayuda del software PCT-EASY (instrucciones administrativas 102.i)
Idioma
Normalmente, todos los elementos de la solicitud internacional deben ser redactados en el mismo idioma.
No obstante, la solicitud debe ser redactada en un idioma de publicación que la RO acepte a este fin (R12.1.c PCT) entre (R48.3.a PCT) :
- alemán, inglés, árabe, chino, coreano, español, francés, japonés, portugués o ruso.
Contenido de la solicitud
La solicitud contiene una petición que indica que la solicitud es tratada de conformidad con el PCT (A4.1.i PCT y R4.1.a.i PCT) preferiblemente escrita « El firmante solicita que la presente solicitud internacional sea tratada de conformidad con el Tratado de Cooperación en materia de Patentes » (R4.2 PCT).
También debe contener (R4.1.a PCT) :
- el título de la invención ;
- indicaciones relativas al solicitante y, en su caso, al representante ;
- indicaciones relativas al inventor, cuando la legislación nacional de al menos un Estado designado exija la comunicación del nombre del inventor al presentar una solicitud nacional.
Debe contener, en su caso (R4.1.b PCT) :
- una reivindicación de prioridad ;
- las indicaciones relativas a una búsqueda anterior ;
- la mención de una solicitud principal o de una patente principal ;
- la indicación de la administración competente encargada de la búsqueda internacional elegida por el solicitante.
Puede contener (R4.1.c PCT) :
- indicaciones relativas al inventor ;
- una solicitud dirigida a la Oficina Receptora para que establezca el documento de prioridad y lo transmita a la Oficina Internacional (si la prioridad ha sido depositada ante la Oficina Receptora) ;
- las declaraciones hechas para satisfacer los requisitos nacionales (R4.17 PCT) ;
- una declaración de incorporación por referencia (R4.18 PCT) ;
- una solicitud de restauración del derecho de prioridad ;
- una declaración según la cual la solicitud internacional es idéntica, o prácticamente idéntica, a la solicitud para la cual se ha realizado la búsqueda anterior (R4.12.ii PCT).
Caso particular del formulario
Normalmente, el solicitante debe rellenar el formulario de la solicitud (R3.3 PCT) incluso si la sanción es leve: si el formulario está incompleto, la Oficina Receptora debe completarlo (R3.3.b PCT).
La información que debe figurar en el formulario es:
- el número total de hojas de la solicitud
- el número de hojas de cada elemento de esta solicitud:
- solicitud,
- descripción (tratando por separado el eventual listado de secuencias),
- reivindicaciones,
- dibujos,
- resumen;
- el hecho de que se adjunta:
- un poder
- una copia de un poder general,
- un documento de prioridad,
- un listado de secuencias,
- un documento relativo al pago de las tasas
- cualquier otro documento;
- el número de la figura que el solicitante propone publicar con el resumen.
Forma de la solicitud
La descripción debe comenzar con el título de la invención tal como se indica en la solicitud (R5.1.a PCT).
Además, la solicitud debe cumplir ciertas condiciones materiales (R11 PCT) en particular:
- ser presentada en el número de copias prescritas por la Oficina Receptora (R11.1.b PCT) ;
- permitir la reproducción (R11.2 PCT) ;
- ser presentada en papel « flexible, fuerte, blanco, liso, no brillante y durable » (R11.3 PCT) ;
- utilizar hojas blancas de formato A4 (R11.5 PCT) ;
- los márgenes no pueden ser inferiores al siguiente esquema (R11.6 PCT), para la descripción, las reivindicaciones y el resumen:
- los márgenes no pueden ser inferiores al siguiente esquema (R11.6 PCT) para los dibujos:
- las páginas deben estar numeradas de manera consecutiva en números arábigos, fuera del margen, en la parte superior o inferior (R11.7 PCT) ;
- los números de línea pueden aparecer en la mitad derecha del margen izquierdo (R11.8 PCT) ;
- la solicitud, la descripción, las reivindicaciones y el resumen deben ser mecanografiados o impresos con un interlineado de 1,5 (R11.9 PCT) ;
- todos los textos deben estar establecidos en caracteres cuyas mayúsculas tienen al menos 0,28 cm de alto (R11.9 PCT).
Los requisitos específicos de la Oficina Receptora
Designación de un representante
Posibilidad
El solicitante puede designar un representante (que tiene el derecho de ejercer ante la Oficina Receptora) para representarlo ante la Oficina Receptora, la Oficina Internacional, la Administración Receptora de Búsqueda Internacional (ISA) y la Administración Encargada del Examen Preliminar Internacional (IPEA) (A49 PCT junto con R90.1.a PCT).
Si la Oficina Internacional es la Oficina Receptora, cualquier persona que podría haber sido representante ante una Oficina Receptora en función de la nacionalidad o el domicilio de un solicitante, puede ser representante ante la Oficina Internacional (R83.1bis PCT).
También es posible específicamente designar un representante (aunque esto nunca es obligatorio, A27.7 PCT) :
- ante la ISA (R90.1.b PCT, y que tiene el derecho de ejercer ante la ISA),
- ante la ISA suplementaria (R90.1.b-bis PCT, y que tiene el derecho de ejercer ante la ISA suplementaria), o
- ante la IPEA (R90.1.c PCT, y que tiene el derecho de ejercer ante la IPEA).
Representante secundario
Un representante puede, a su vez, designar representantes secundarios (R90.1.d PCT). Este representante debe poder ser representante ante:
- ya sea la RO (R90.1.d.i PCT) y puede entonces actuar ante la RO, la IB, la ISA, la IPEA o la SISA;
- ya sea ante la ISA, la IPEA o la SISA (R90.1.d.ii PCT) y puede entonces actuar ante esa administración.
Exigencia
Durante la fase nacional, solo la RO puede exigir una representación (A27.7 PCT) si su legislación nacional lo prevé.
Designación
Para designar al representante, es posible:
- indicarlo en la solicitud (R4.7.a PCT, indispensable si la RO requiere un representante para la solicitud),
- proporcionar un poder separado depositado ante la RO, la IB, la ISA, la IPEA o la SISA (R90.4.b PCT).
La provisión del poder puede no ser obligatoria, si la administración ha renunciado a este poder (R90.4.d PCT).
Una referencia a un poder general puede ser posible (R90.5.a PCT).
Sanción
No existe sanción en el PCT por falta de representación, pero la RO puede aplicar las sanciones de su legislación nacional (A27.7 PCT).
Designación de un representante común
En caso de pluralidad de solicitantes y si no se ha constituido ningún representante común, es necesario designar un representante común (R90.2.a PCT).
Si ningún representante común es designado por los solicitantes (R90.2.a PCT), el primer solicitante que está habilitado para depositar una solicitud ante la RO es considerado como el representante común (R90.2.b PCT).
Los requisitos relacionados con la ISA
Traducción
Idiomas de traducción
Si el idioma de la solicitud no es aceptado por la ISA, el solicitante debe presentar una traducción de la solicitud en un idioma que sea a la vez:
- un idioma aceptado por la ISA (R12.3.a.i PCT);
- un idioma de publicación (R12.3.a.ii PCT) y
- un idioma aceptado por la RO (R12.3.a.iii PCT, salvo si el idioma de la solicitud es un idioma de publicación).
Los idiomas de publicación son (R48.3.a PCT):
- alemán, inglés, árabe, chino, coreano, español, francés, japonés, portugués o ruso.
Plazo
Esta traducción debe presentarse en un plazo de 1 mes después del depósito de la solicitud ante la RO (R12.3.a PCT) sabiendo que:
- se prevé un plazo con recargo (ver a continuación « Notificación »);
- se prevé una ficción de recepción dentro del plazo (ver a continuación « Sanción »).
Si un Estado contratante es elegido antes de la expiración del 19º mes a partir de la fecha de prioridad, el solicitante debe presentar una copia de la solicitud y una traducción a cada oficina elegida, así como pagar la tasa nacional, a más tardar a la expiración de un plazo de 30 meses a partir de la fecha de prioridad (A39 PCT).
Notificación
Durante la notificación del número de solicitud, la RO invita al solicitante a proporcionar, en su caso, esta traducción:
- en 1 mes después de la solicitud de la demanda ante la RO (R12.3.c.i PCT junto con R12.3.a PCT) sin pagar tasa adicional;
- en el plazo máximo de los dos plazos siguientes, pagando eventualmente una tasa adicional (R12.3.c.ii PCT):
- 1 mes a partir de la notificación;
- 2 meses a partir de la solicitud.
Sanción
Si no se produce ninguna traducción a pesar de la notificación, la solicitud se considera retirada (R12.3.d PCT) y la RO lo declara.
No obstante, mientras la RO no haya declarado nada y si el plazo de 15 meses a partir de la prioridad no ha expirado, la entrega de la traducción y/o el pago de la tasa adicional se considerará como válido (R12.3.d PCT).
Tasa por entrega tardía
La tasa por entrega tardía es percibida por la RO.
Esta tasa (mencionada arriba) es del 25 % del monto fijo (es decir, sin suplemento a partir de la página 31) de la tasa internacional de solicitud (R12.3.e PCT).
Los requisitos relacionados con la publicación
Traducción
Idioma de traducción
Si el idioma de la solicitud de la demanda no es un idioma de publicación, el solicitante debe entregar una traducción de la demanda en un idioma de publicación (R12.4.a PCT).
Los idiomas de publicación son (R48.3.a PCT):
- alemán,
- inglés, árabe, chino, coreano, español, francés, japonés, portugués o
- ruso.
Plazo
Esta traducción debe entregarse en 14 meses a partir de la fecha de prioridad ante la RO (R12.4.a PCT).
Notificación
Si no se entrega ninguna traducción en este plazo, la RO invita al solicitante a entregar esta traducción en un plazo de 16 meses a partir de la fecha de prioridad (R12.4.c PCT) y a pagar una tasa por entrega tardía.
Sanción
Si no se produce ninguna traducción a pesar de la notificación, la solicitud se considera retirada (R12.4.d PCT) y la RO lo declara.
No obstante, mientras la RO no haya declarado nada y si el plazo de 17 meses a partir de la prioridad no ha expirado, la entrega de la traducción y/o el pago de la tasa adicional se considerará como válido (R12.4.d PCT).
Tasa por entrega tardía
La tasa por entrega tardía es percibida por la RO.
Esta tasa (mencionada arriba) es del 25 % del monto fijo (es decir, sin suplemento a partir de la página 31) de la tasa internacional de solicitud (R12.3.e PCT).
Los requisitos propios de ciertas fases nacionales
Designación de los inventores
Requisito
Para los países cuya legislación nacional lo exige (A4.1.v PCT, R51bis.1.a.i PCT, R4.17.i PCT), los inventores pueden ser identificados, en la solicitud, en la petición indicando (R4.6.a PCT) :
- su nombre:
- apellido seguido del nombre (R4.4.a PCT),
- sin títulos ni grados (R4.19.a PCT).
- su dirección (que no es necesariamente su dirección personal, PCT Newsletter n°10/2008) :
- escrita para permitir una correcta distribución postal (R4.4.c PCT),
- un número de teléfono o fax puede complementar esta dirección.
Cuando el solicitante es también inventor, basta con marcar una casilla en la solicitud (R4.6.b PCT).
Si la legislación de los Estados difiere en la forma de identificar a los inventores, es posible mencionar varios grupos de inventores según los Estados (R4.6.c PCT).
Sanción
No existe ninguna sanción (A4.4 PCT), ya sea que esta información sea exigida o no por la legislación nacional.
Este requisito simplemente permite proporcionar esta información después de la solicitud (A4.4 PCT), pero sigue siendo posible satisfacer este requisito al entrar en la fase nacional (A22.1 PCT).
Casos particulares de EE.UU.
Antes del 16 de marzo de 2013, era obligatorio mencionar a los inventores, ya que los solicitantes eran ellos para la fase estadounidense.
Corrección de una designación errónea del inventor
Si el solicitante desea corregir las designaciones de los inventores, es necesario enviar una solicitud de cambio a la IB o al RO que la transmite a la IB (R92bis.1.a.ii PCT), la solicitud debe llegar a la IB en un plazo de 30 meses a partir de la prioridad (R92bis.1.b PCT).
Declaración relativa al derecho del solicitante a presentar una solicitud
Esta declaración está prevista por la R51bis.1.a.ii PCT y la R4.17.ii PCT.
Declaración relativa al derecho del solicitante a reclamar una prioridad
Esta declaración está prevista por la R51bis.1.a.iii PCT y la R4.17.iii PCT.
Declaración relativa a la calidad de inventor
Esta declaración está prevista por el A27.3 PCT, la R51bis.1.a.iv PCT y la R4.17.iv PCT.
Se aplica a los efectos de la designación de EE.UU.
Debe estar firmada (R4.17.iv PCT).
Declaración relativa a las divulgaciones no oponibles
Esta declaración está prevista por la R51bis.1.a.v PCT y la R4.17.v PCT.




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