Presentación de una solicitud

Principio

Desde la entrada en vigor del CBE 2000, no existe ninguna condición de idioma para la presentación (es decir, obtención de una fecha de presentación).

Si la solicitud se presenta en un idioma oficial, no hay nada que hacer y este idioma oficial se convierte en el idioma del procedimiento.

Si la solicitud no se presenta en un idioma oficial (A14(2) CBE), es necesario producir una traducción en uno de los idiomas oficiales en un plazo de 2 meses (R6(1) CBE). El idioma de esta traducción se convierte en el idioma del procedimiento.

Atención: las disposiciones del A14(4) CBE no se aplican a la presentación de una solicitud (por lo tanto, el plazo es de 2 meses para presentar la traducción), incluso si la reducción de la tasa de la R6(3) CBE está abierta para los solicitantes:

  • que tengan su domicilio (o su sede social) en uno de los Estados contratantes (o si es nacional de uno de estos Estados y tiene su domicilio en el extranjero),
  • que este país tenga un idioma oficial distinto del alemán, el inglés o el francés,
  • que presenten su solicitud en uno de estos idiomas (o que hagan referencia a una solicitud anterior en uno de estos idiomas).

Presentación en varios idiomas

En la decisión T382/94, la cámara de recurso indicó que si las anotaciones de los dibujos estaban en un idioma diferente al de la descripción, esto no tenía incidencia en la fecha de presentación (las reivindicaciones y la descripción se habían presentado en alemán, pero los dibujos incluían un texto en inglés).

¿Qué ocurre si una parte de la descripción o si una reivindicación está en un idioma diferente al resto de la descripción?

Antes de la entrada en vigor del CBE 2000, la OEP rechazaba la asignación de una fecha de presentación en estas situaciones (J18/96) con el argumento de que la letra del A14 CBE 73 era

Las solicitudes de patente europea se presentan en un de estos idiomas

Hoy en día, la formulación es diferente (A14 CBE), pero se pueden encontrar similitudes:

Toda solicitud de patente europea debe presentarse en uno de los idiomas oficiales o, si se presenta en otro idioma, traducirse a uno de los idiomas oficiales, conforme al reglamento de ejecución.

Creo que la posición de la OEP sería la misma: el principio de la unicidad del idioma de las solicitudes de patente europea sería la regla.

Sin embargo, esta unicidad solo se refiere a la descripción: si las reivindicaciones están en un idioma diferente, no hay problema (Directrices A-X 9.2.2, las reivindicaciones no son una obligación para obtener una fecha de presentación).

Caso de una solicitud divisional

El idioma de presentación de una solicitud divisional debe ser el de presentación de la solicitud matriz o, a elección, aquel en el que la solicitud fue traducida (R36(2) CBE).

Por lo tanto, si una solicitud de patente europea fue presentada en italiano y luego traducida al inglés según las prescripciones del A14(2) CBE, es posible presentar una solicitud divisional en italiano o en inglés.

Procedimiento escrito ante la OEP

La regla

Contrariamente a una idea preconcebida, es posible para el solicitante, el opositor, etc. utilizar cualquier lengua oficial de la OEP (R3(1) CPE y Directrices A-VII 2) para responder a las notificaciones, para presentar cualquier documento, etc. (excepto para los documentos relacionados con las modificaciones de la solicitud, Directrices A-VII 1.2).

En realidad, solo la OEP está vinculada por la lengua del procedimiento (Directrices A-VII 1.2).

Excepción del A14(4)

Principio

Si una persona tiene su domicilio (o su sede social) en uno de los Estados contratantes (o si es nacional de uno de estos Estados con domicilio en el extranjero) y este tiene una lengua oficial distinta del alemán, el inglés o el francés, puede presentar cualquier documento que deba presentarse dentro de un plazo determinado en esta lengua (A14(4) CPE).

Cuando se habla de « una persona » en el párrafo anterior, se ignora al representante (T145/85).

Esta lengua no es necesariamente la lengua de la solicitud.

Debe presentarse una traducción (A14(4) CPE) a más tardar simultáneamente con el documento no traducido (G6/91) y dentro de un plazo de 1 mes a partir de la fecha de presentación del documento (R6(2) CPE) y no a partir del final del plazo, en una de las lenguas oficiales de la oficina, cualquiera que sea la lengua del procedimiento (Directrices A-VII 2).

Esta traducción puede, si el plazo siguiente expira posteriormente, presentarse (R6(2) CPE) :

  • dentro del plazo de oposición (si el documento es el acto de oposición) ;
  • dentro del plazo de recurso (si el documento es el acto de recurso) ;
  • dentro del plazo de presentación del escrito de recurso (si el documento es el escrito de recurso) ;
  • dentro del plazo de presentación de una solicitud de revisión (si el documento es una solicitud de revisión).

Atención, porque si una persona que no puede beneficiarse de las disposiciones del A14(4) CPE intenta presentar un documento en una lengua no autorizada presentando una traducción el mismo día, no podrá argumentar a posteriori que la traducción puede servir como original: el documento, al ser solo una traducción, se considerará que nunca fue presentado (T1152/05).

Reducción de las tasas

Antes del 1 de abril de 2014

Si todas las condiciones se cumplen para la pieza esencial de una etapa del procedimiento, la persona obtendrá una reducción de tasas del 20 % (R6(3) CBE junto con A14(1) RRT) para esta etapa.

La pieza esencial es:

  • la descripción de la solicitud para la tasa de solicitud;
  • la declaración que precise en qué medida la patente europea es impugnada de la R76(2) c) CBE para la tasa de oposición;
  • el acto de recurso (y no el memorial) para la tasa de recurso;
  • la solicitud de examen para la tasa de examen;
  • la solicitud de limitación o de revocación para la tasa de limitación o de revocación;
  • la solicitud de revisión para la tasa de revisión.

Esta reducción está a priori abierta en caso de solicitantes múltiples (o de cotitular o de cooponente, etc.), solo uno de ellos debe cumplir las condiciones enunciadas a continuación (ver la letra de la R6(3) CBE: « una persona« ).

A partir del 1 de abril de 2014

No obstante, para las solicitudes presentadas (que entran en fase) a partir del 1 de abril de 2014 (« Decisión del Consejo de Administración del 13 de diciembre de 2013 que modifica la regla 6 del Reglamento de Ejecución del Convenio sobre la Patente Europea y el artículo 14(1) del Reglamento relativo a las Tasas« , DO 2014, A4), para beneficiarse de esta reducción, todos los solicitantes deberán ser (R6(4) CBE y R6(7) CBE):

  • una pequeña o mediana empresa;
  • una persona física; o
  • una organización sin ánimo de lucro, una universidad y un organismo de investigación público.

Los criterios se dan en la recomendación 2003/361/CE de la Comisión del 6 de mayo de 2003 (R6(5) CBE).

Los solicitantes deben declarar su pertenencia a una categoría mencionada anteriormente, pero la OEP puede solicitar pruebas en caso de duda (R6(6) CBE).

El solicitante obtendrá una reducción de tasas del 30 % (A14(1) RRT) pero solo en lo que respecta a:

  • la tasa de solicitud;
  • la tasa de examen.

Sanción

Si la traducción prevista en el A14(4) CBE no se produce dentro del plazo de 1 mes (o dentro del plazo prorrogado anteriormente), la pieza se considera como si nunca hubiera sido producida. La OEP advierte a la persona que produjo la pieza (Directrices A-VII 5).

El A121 CBE es aplicable para una pieza relativa a:

  • la concesión;
  • el procedimiento de recurso ex parte.

El A122 CBE es aplicable a todos los demás casos (excepto para el opositor a menos que se trate del memorial de recurso, G1/86).

Si la pieza que no ha sido traducida es la carta de acompañamiento de un acto de procedimiento (ej. entrega de una copia certificada de una solicitud anterior), el acto se llevará a cabo de todos modos si es posible identificar el número de solicitud al que se refiere (Directrices A-VII 5).

Casos particulares

Observación de terceros

Las observaciones de terceros (A115 CBE) solo pueden presentarse en una lengua oficial de la OEP (R114(1) CBE) y no pueden beneficiarse de las excepciones del A14(4) CBE.

De hecho, estas piezas no tienen ninguna obligación de ser presentadas dentro de un plazo determinado.

No obstante, las Directrices A-VII 3.5 prevén que la OEP puede invitar al tercero, si es identificable, a proporcionar una traducción.

Publicación

La publicación de la solicitud se realiza en la lengua del procedimiento (A14(5) CBE).

Modificaciones de la solicitud

Las modificaciones de la solicitud deben presentarse en la lengua del procedimiento (R3(2) CBE y Directrices A-VII 2).

No tienen ninguna obligación de ser presentadas dentro de un plazo determinado y, por lo tanto, no pueden beneficiarse de las excepciones del A14(4) CBE : De hecho, el solicitante no está obligado a presentar modificaciones, es solo una posibilidad (A123(1) CBE); solo una respuesta a la notificación es obligatoria (A93(4) CBE).

Medios de prueba

Los medios de prueba pueden presentarse en cualquier lengua (R3(3) CBE).

No obstante, la OEP puede exigir una traducción en la lengua del procedimiento, traducción que debe presentarse dentro de un plazo establecido (que puede depender de la longitud del documento, Directrices A-VII 3). Si la traducción no se presenta dentro de los plazos, la OEP puede no tener en cuenta este medio de prueba.

Enfoque en las traducciones

Certificaciones

Cuando una traducción es necesaria, la OEP puede exigir que se presente un certificado que acredite que la traducción es conforme al texto original (R5 CBE). Esta certificación debe presentarse dentro de un plazo establecido. Este plazo se beneficia:

  • del A121 CBE para el solicitante;
  • del A122 CBE para el titular y el opositor en el caso de la traducción del escrito de recurso G1/86).

Corrección de la traducción

Es posible, en cualquier momento durante el procedimiento, hacer que la traducción sea conforme al texto de la solicitud tal como se presentó (A14(2) CBE).

Atención, porque si esto ocurre durante el procedimiento de oposición (o al menos después de la concesión), no se deben violar las disposiciones del A123(3) CBE.

Para la corrección de las traducciones relativas a las piezas presentadas dentro de un plazo determinado (A14(4) CBE), es necesario proceder a una modificación según la R139 CBE.

Procedimiento oral

El idioma del procedimiento oral es el idioma del procedimiento (R4(1) CPE), pero cualquier parte puede solicitar utilizar:

  • otro idioma oficial:
  • un idioma oficial de un Estado contratante:
    • La traducción al idioma del procedimiento corre a cargo de la parte que lo solicita (R4(1) CPE).
  • otro idioma (R4(4) CPE)
    • Si la OEP y las partes están de acuerdo.

Esta solicitud de traducción debe ser renovada en la etapa de recurso (T34/90).

La OEP puede autorizar ciertas excepciones con respecto a la traducción (R4(1) CPE, en particular si el traductor está enfermo y todos están de acuerdo en continuar sin traducción).

Atención: la traducción no puede ser solicitada para permitir a un tercero (o uno de sus empleados) asistir al procedimiento oral porque no comprende el idioma del procedimiento (T2696/16).

Decisiones

Dado que las decisiones son un acto de procedimiento escrito, lo que se ha dicho anteriormente se aplica.

Solo una decisión en un solo idioma de procedimiento cumple con los requisitos del R111(2) CPE con respecto a la motivación de las decisiones.

Por lo tanto, no es posible retomar pasajes del escrito de oposición en inglés (y sin traducción) en una decisión emitida en alemán (T1787/16).