El opt-out es la posibilidad, ofrecida durante el período transitorio, de sustraer una patente europea clásica de la competencia del TJU.
Quién, qué
El titular (o el solicitante) puede excluir de la competencia del TJU: una patente europea clásica, una solicitud de patente europea o un CCP basado en dicha patente (artículo 83, apartado 3, del acuerdo relativo al TJU y regla 5.1 del reglamento de procedimiento). Atención: cuando existen varios titulares (incluidos titulares diferentes según los países), todos deben actuar de común acuerdo; un opt-out presentado por uno solo es ineficaz.
Recordemos: la patente unitaria no está afectada. No se puede realizar un opt-out de una patente unitaria; elegir el efecto unitario implica aceptar el TJU de forma definitiva.
Cómo
El opt-out se declara ante la secretaría del TJU, por vía electrónica, y es gratuito. Surte efecto al inscribirse en el registro (regla 5 del reglamento de procedimiento).
Efectos y límite
Una vez registrado el opt-out, la patente solo queda bajo la competencia de los tribunales nacionales, y esto durante toda la vida del título. Sin embargo, no se puede ejercer el opt-out si ya se ha iniciado una acción ante el TJU para dicha patente: el primero en llegar, el primero en ser atendido.