¿Qué ocurre cuando una solicitud de patente es presentada por alguien que no tenía derecho a ello —típicamente porque la invención le fue sustraída, o en violación de una obligación legal o contractual? El verdadero titular del derecho no queda desamparado: dispone de una acción de reivindicación (artículo L611-8 del código de la propiedad intelectual; para la patente europea, artículo 61 CBE).

Reconocer su derecho al título

La persona perjudicada puede reivindicar la propiedad de la solicitud de patente o del título ya concedido (artículo L611-8 CPI). En lugar de solicitar la nulidad del título, se reclama su transferencia a su favor: el usurpador, después de todo, solo ha ocupado un lugar que no le correspondía.

La jurisdicción competente

En Francia, el contencioso de patentes es competencia exclusiva del tribunal judicial de París (D211-6 del código de la organización judicial). Por tanto, es ante este tribunal donde se interpone la acción de reivindicación.

El plazo para actuar

La acción prescribe a los cinco años desde la publicación de la concesión del título. Pero cuidado con el tramposo: en caso de mala fe en el momento de la concesión o de la adquisición del título, el plazo es de cinco años desde la expiración del título (artículo L611-8 CPI), lo que significa que el infractor sigue expuesto durante toda la vida de la patente.

El caso de la patente europea

Para una solicitud de patente europea, el titular del derecho debe obtener primero, en un Estado contratante, una decisión que reconozca su derecho a la obtención de la patente (artículo 61 CBE y protocolo sobre el reconocimiento). Esta decisión es la que abrirá posteriormente las opciones descritas más adelante ante la OEP.

La suspensión del procedimiento de concesión

Principio

No se puede permitir que el título sea concedido en beneficio del usurpador mientras se litiga. Si un tercero aporta la prueba de que ha iniciado un procedimiento para que se reconozca su derecho, la OEP suspende el procedimiento de concesión (regla 14 CBE).

Efectos y fechas pertinentes

La suspensión surte efecto desde la fecha en que se aporta la prueba de la acción, y los plazos en curso se interrumpen en principio. Sin embargo, ya no puede solicitarse una vez publicada la mención de la concesión: pasado este punto, es la acción de reivindicación (y no la suspensión) la que toma el relevo.

Límites

  • las tasas anuales siguen corriendo: la suspensión no exime de pagarlas;
  • la publicación de la solicitud no se impide;
  • la suspensión puede ser levantada, en particular con el acuerdo del tercero o, de manera discrecional, por la OEP.

Una lógica similar puede aplicarse durante un procedimiento de oposición cuando se plantea una cuestión de derecho al título.

Ejercer su derecho tras el reconocimiento

Una vez que su derecho ha sido reconocido por una decisión firme, el titular del derecho dispone, para una patente europea, de un plazo de tres meses para ejercer una de las siguientes opciones (artículo 61 CBE y reglas 16 a 18 CBE):

  • presentar una nueva solicitud de patente europea para la misma invención, que se beneficiará de la fecha de solicitud (y, en su caso, de la prioridad) de la solicitud inicial;
  • continuar la solicitud existente sustituyendo al solicitante inicial;
  • solicitar el rechazo de la solicitud.

Cuando el reconocimiento solo afecta a una parte de la invención, se organiza una cesión parcial (regla 18 CBE). En derecho francés, el titular del derecho que prevalece ve reconocida la propiedad de la solicitud o del título, con efecto retroactivo (artículo L611-8 CPI): el usurpador es, en cierto modo, borrado del registro.