Una vez pasado el procedimiento oral, los jueces pueden tomar la decisión sobre el fondo.
Contenido de la decisión
Esta decisión sobre el fondo puede incluir:
- injonctions permanentes (règle 118.1 du règlement de procédure et article 63 de l’Accord sur la Juridiction unifiée du brevet);
- medidas correctivas (règle 118.1 du règlement de procédure et article 64 de l’Accord sur la Juridiction unifiée du brevet) como:
- una retirada de los productos;
- una destrucción;
- etc.
- la comunicación de información (règle 118.1 du règlement de procédure et article 67 de l’Accord sur la Juridiction unifiée du brevet) concerniente al origen de los productos o la base de la infracción;
- la atribución de daños e intereses (règle 118.1 du règlement de procédure et article 68 de l’Accord sur la Juridiction unifiée du brevet);
- la publicación de la decisión (règle 118.1 du règlement de procédure et article 80 de l’Accord sur la Juridiction unifiée du brevet).
Aunque normalmente existe un procedimiento separado para la fijación de los gastos (règle 150 y siguientes du règlement de procédure), es posible que el tribunal solicite con antelación a las partes los gastos que buscarán recuperar (règle 118.5 du règlement de procédure).
Para más precisiones sobre los daños, las medidas correctivas y la injonction, consulte el artículo sobre las Injonctions et mesures correctives.
Precisiones
Decisión sobre la infracción
Es perfectamente posible que la decisión (es decir, concerniente a la infracción) sea condicional al hecho de que la patente no sea juzgada nula (règle 118.2 a du règlement de procédure).
Decisión sobre la nulidad
Concerniente a las acciones de nulidad, los jueces pueden perfectamente emitir decisiones de nulidad total o parcial (règle 118.3 du règlement de procédure et article 65 de l’Accord sur la Juridiction unifiée du brevet).
En particular, si las causas de nulidad afectan a la patente solo parcialmente, debe realizarse una modificación de las reivindicaciones para permitir una revocación parcial. Esto es bastante importante porque no es el enfoque de la OEP.
Extensión del objeto de una patente y anulación parcial
La Jurisdicción Unificada de Patentes (JUB) ha dictaminado sobre un caso concerniente a la extensión del objeto de una patente más allá del contenido de la solicitud inicial. En la decisión ORD_598482/2023, la JUB revocó la patente por extensión del objeto, recordando los criterios estrictos de evaluación de las modificaciones realizadas a una patente.
Esta decisión subraya que las modificaciones propuestas en las solicitudes subsidiarias pueden ser rechazadas si no cumplen con los requisitos de claridad (artículo 84 CBE) o si extienden el objeto de la patente más allá del contenido de la solicitud inicial (règle 30.1 c) RdP y règle 50.2 RdP).
Además, la JUB ha precisado que el artículo 65(3) del Accord sur la Juridiction unifiée du brevet (AJUB) permite una anulación parcial de una patente, pero que esta posibilidad no se aplica a las solicitudes subsidiarias de modificación que no cumplen con los criterios legales. Esta decisión refuerza así la coherencia entre las prácticas de la JUB y las de la Oficina Europea de Patentes (OEP) en materia de extensión del objeto de una patente.